El anuncio por parte de CC.OO. y UGT de la convocatoria de huelga general este otoño no ha pillado por sorpresa a nadie. Tras varias semanas de movilización en protesta por la vivienda, las dos organizaciones sindicales han acordado convocar una huelga general de 24 horas este otoño para reclamar salarios que permitan hacer frente al coste de la vivienda y a la inflación.
La convocatoria todavía no tiene una fecha definitiva, aunque lo más seguro es que se produzca antes de las elecciones generales convocadas para el 29 de noviembre. Los sindicatos quieren acordarla con las organizaciones sociales y el Sindicato de Inquilinas para hacer confluir las reivindicaciones laborales con las movilizaciones por el derecho a la vivienda.
"Los salarios no alcanzan a pagar la vivienda y hacer frente a la inflación", sostienen las organizaciones sindicales, que pretenden trasladar a los centros de trabajo las protestas que se han producido durante los últimos días.
¿Cómo puede afectar a mi salario?
Participar en una huelga general de 24 horas supone una reducción de la nómina para los trabajadores que apoyen el paro, aunque dicha reducción no se calcula dividiendo al uso el sueldo mensual entre 30 y restando esa cantidad. El cálculo tiene en cuenta distintos conceptos salariales y puede afectar también a las pagas extraordinarias.
El derecho a la huelga está reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución, donde se establece que "todos los españoles tienen derecho a la huelga para la defensa de sus intereses". Durante el ejercicio de una huelga legal, el contrato de trabajo queda suspendido. Por tanto, la empresa no abona el salario correspondiente al periodo de huelga.
La cantidad exacta depende del salario y de las condiciones establecidas en el convenio colectivo. Como referencia, la fórmula utilizada en la Administración y recogida en distintas normas parte directamente del salario bruto anual.
Para obtener el valor diario, se divide el salario bruto anual entre 365 días. A partir de ahí, el cálculo puede incorporar también la parte correspondiente a determinados conceptos retributivos y las pagas extraordinarias que dejen de devengarse.
Por ejemplo, un trabajador con un salario bruto anual de 30.000 euros tendría un salario bruto diario de: 30.000 / 365 = 82,19 euros. Por tanto, el descuento de una jornada de huelga estaría en torno a esa cantidad como punto de partida, aunque la cantidad final que aparezca en la nómina puede ser diferente dependiendo del convenio, la estructura salarial y las pagas extraordinarias.
No se descuenta únicamente el salario de ese día
Uno de los aspectos que puede generar más dudas es que la huelga puede tener efectos sobre otros conceptos salariales. El cálculo utilizado como referencia contempla también la parte proporcional de las pagas extraordinarias que corresponda al periodo no trabajado.
Además, pueden dejar de abonarse determinados complementos vinculados a la asistencia o a los días efectivamente trabajados si así lo establece el convenio colectivo. Por eso, dos trabajadores con el mismo salario mensual pueden tener descuentos diferentes si sus convenios o estructuras retributivas son distintos.
La cifra que finalmente se resta de la nómina, por tanto, no puede determinarse únicamente con el salario mensual: es necesario conocer si existen pagas extra, qué conceptos forman parte del salario y qué establece el convenio colectivo aplicable.
Concretamente, se descuenta la parte proporcional del salario correspondiente a las horas no trabajadas, teniendo en cuenta el salario base del día de huelga, la parte proporcional del descanso semanal correspondiente a ese día y la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Por otro lado, no afecta a los días de vacaciones ni afecta al cómputo de antigüedad, ya que la huelga es una ausencia justificada.
¿Influye económicamente hacer huelga un viernes o un lunes?
El descuento es idéntico en términos de salario diario. Sin embargo, hacer huelga el viernes o el lunes puede llevar al descuento de la parte proporcional del fin de semana completo. El cálculo exacto depende de cómo se distribuya la jornada semanal en la nómina.
Por tanto, hacer una huelga general de 24 horas implica perder la retribución correspondiente a la jornada no trabajada y, además de dicha jornada, podría afectar proporcionalmente a otros conceptos salariales. El descuento exacto depende de cada situación laboral y del convenio colectivo.
¿Y qué ocurre con la Seguridad Social?
Durante la huelga, el trabajador permanece en una situación especial respecto a la Seguridad Social y no existe obligación de cotizar por la jornada en la que se ejerce el derecho de huelga. La normativa de cotización contempla expresamente la situación de alta especial motivada por una huelga legal.
Esto significa que el efecto de la huelga no se limita exclusivamente a recibir menos dinero en la nómina de ese mes: también se produce una modificación de las cotizaciones correspondientes a la jornada de huelga.

