VIOLENCIA SEXUAL

¿En qué consiste la ley del 'solo sí es sí' que ha aprobado el Gobierno?

El Gobierno ha aprobado este martes la Ley de Garantías de la Libertad Sexual que amplía el concepto de violencia y sitúa el consentimiento en el centro. Conoce cuáles son los puntos clave de la norma.

ondacero.es

Madrid | 06.07.2021 06:05

Manifestación en Madrid contra la sentencia judicial del caso de 'La Manada'.
Manifestación en Madrid contra la sentencia judicial del caso de 'La Manada'. | Getty

Más de un año después de que se diera luz verde al anteproyecto, este martes el Consejo de Ministros ha aprobado la Ley Orgánica de Garantías de la Libertad Sexual, más conocida como la ley del 'solo sí es sí'.

Tras un largo recorrido, el texto llega al Gobierno con algunas variaciones sobre el original presentado por Igualdad pero manteniendo las líneas principales. La norma incluye una nueva definición de consentimiento "en positivo", tras los informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo de Estado.

La redacción actual expone que "solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona". Una definición que según indica el Ministerio de Igualdad va en línea con la del Convenio de Estambul en su artículo 36.2. Con esta modificación, el Gobierno apuesta por el modelo del consentimiento en positivo que ya está en vigor en otros países como Suecia o Gran Bretaña.

Desde el Ministerio de Igualdad explican que cuando entre en vigor la norma, las víctimas "ya no tendrán que acreditar que se han resistido o que ha habido violencia". Todo acto sexual sin consentimiento será considerado una agresión" y se eliminan los abusos sexuales del Código Penal.

La norma se aprobará en vísperas del 7 de julio, una fecha marcada por dos casos de violencia sexual que causaron una gran conmoción en la sociedad española. Uno de ellos es el feminicidio sexual de Nagore Laffage, del que se cumplen ahora 13 años. En dicha fecha también se produjo la agresión a la víctima de la Manada en Sanfermines, cuya sentencia generó una gran indignación e impulsó las protestas feministas bajo los lemas 'no es abuso, es violación', 'hermana yo sí te creo' o 'solo sí es sí'.

Puntos clave de la ley

Durante su tramitación, la ley ha introducido algunos cambios que se han convertido en puntos clave de la nueva norma. Entre ellos, la protección a todas las mujeres, niñas y niños con independencia de su situación administrativa, su etnia o nacionalidad, así como a las víctimas de trata y explotación sexual bajo la premisa de Igualdad de "todas las violencias, todas las mujeres".

La norma también incluye la lucha contra la industria proxeneta al incorporar la tercería locativa que permitirá perseguir a los proxenetas que, de forma habitual y con ánimo de lucro, destinen cualquier establecimiento o espacio público o privado para la explotación sexual de terceras personas.

Evitar la revictimización

El texto, además, está enfocado a evitar la revictimización que muchas mujeres sufren durante los procesos judiciales. Así, se implementarán medidas procesales de acompañamiento a las víctimas, incluyendo la posibilidad de evitar contacto visual con el presunto agresor o de declarar en salas especiales.

Además, las mujeres víctimas de violencia sexual dispondrán de recursos aunque no denuncien, como los centros de crisis 24 horas, para las mayores de 16 años, o las casas de infancia para los menores de esa edad.

Cambios en el Código Penal

La norma también incorpora cambios en el Código Penal, dirigido hacia un sistema penológico progresivo y proporcional a la gravedad, con horquillas más amplias. "Esto permite dar una adecuada respuesta penal a la multiplicidad de circunstancias", explica el Ministerio de Igualdad.

Desde Igualdad destacan que esta norma proporciona "una respuesta más amplia y acorde a las múltiples manifestaciones de violencias sexuales", desde las más "leves" a las más "graves" e incluye, además, "un catálogo de agravantes específicas, entre las que se encuentran las agresiones grupales, la existencia de una grave violencia o un daño también grave a la víctima" en los términos del artículo 46 del Convenio de Estambul, la especial vulnerabilidad de esta, o el uso de armas o medios peligrosos.