Para frenar el impacto económico

La letra pequeña de las medidas contra el coronavirus: ¿Cuándo puedo solicitar la moratoria en mi hipoteca?

¿Cuándo puedo solicitar la moratoria en mi hipoteca? ¿Me pueden despedir tras aplicar mi empresa un ERTE?El decreto del Gobierno para frenar el impacto económicodel coronavirus da respuesta en su letra pequeña a las dudas generadas entre los ciudadanos tras conocer las medidas aprobadas.

Ignacio Rodríguez Burgos

Madrid |

Con el fin de paliar los efectos económicos del coronavirus, el Gobierno puso en marcha desde este martes un paquete de medidas destinadas principalmente a empresas y trabajadores.

Entre ellas, una moratoria de un mes en el pago de la hipoteca a los afectados por el coronavirus que vean reducidos sus ingresos. Esta moratoria se podrá solicitar a partir de este mismo jueves 3 de mayo.

Otras medidas contempladas en el decreto son la congelación del precio de la bombona de butano, prorrogar el bono social para quienes tienen que renovarlo o blindar a las empresas ante una posible OPA.

El Gobierno además ha protegido a las empresas españolas de OPA indeseadas ahora que se encuentran débiles y con bajas cotizaciones -el Ibex-35 sigue bajando-.

Los inversores extracomunitarios no podrán comprar más del 10% del capital ni tomar el control.

En cuanto a los ERTE y la prestación por desempleo, se harán de manera automática, como ha anunciado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una entrevista en LaSexta.

"El procedimiento será muy rápido y ágil para que todo el mundo esté protegido y los trabajadores, a efecto de una prestación por desempleo han de saber que se les reconocerá su prestación con carácter retroactivo", ha dicho.

En la actualidad hay unos 400 ERTE de empresas a nivel estatal en la Dirección General de Trabajo, a lo que hay que añadir los autonómicos.

El ERTE se tramitará en cinco días y protege al trabajador durante seis meses en los que no se le puede despedir.

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