Estas son las nuevas medidas y restricciones que entran en vigor en Madrid a partir de este fin de semana
La Comunidad de Madrid ha anunciado nuevas medidas que se aplican en toda la región y otras restricciones para 32 zonas básicas de salud. Conoce aquí cuáles son las nuevas restricciones y qué se puede hacer en Madrid.
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Enrique Ruiz Escudero, consejero de Sanidad madrileño, ha anunciado nuevas restricciones para toda la región una vez que decaiga el estado de alarma, este sábado 24 de octubre a partir de las 16:47 horas. Las restricciones son "medidas generales para toda la Comunidad" y se trata de un plan "basado en criterios técnicos", según ha avanzado Ruiz Escudero.
"Los expertos aseguran que, pese a que la incidencia ha ido bajando, serán semanas complicadas", ha asegurado el consejero de Sanidad, que ha añadido que se ha reducido la incidencia en la Comunidad de 813 casos por 100.000 habitantes a 409 y el 95% de las zonas básicas de salud también han visto reducida su incidencia. Por ello, ha establecido un límite de 500 casos por 100.000 habitantes para aplicar las nuevas restricciones a las áreas básicas.
Asimismo, Ruiz Escudero ha insistido en que el estado de alarma decretado por el Gobierno ha "ralentizado los indicadores" debido al "aumento del movimiento interno", además de comentar que espera una "colaboración leal" con el Ejecutivo central.
¿Cuáles son las nuevas restricciones en la Comunidad de Madrid?
Estas son las nuevas medidas anunciadas por el Ejecutivo regional:
- Restricción drástica de la actividad social, especialmente la nocturna: de 00:00 a 06:00 horas, se prohíben las reuniones entre personas no convivientes y, en el resto de horas, se limitan las reuniones a seis personas como máximo.
- Se suspende el servicio de barra, con un aforo del 50% en interiores y del 75% en terrazas. En los banquetes, aforo al 50%. Además, los establecimientos no podrán abrir antes de las 06:00 horas y el cierre deberá ser a las 00:00 horas, no pudiendo admitir clientes después de las 23:00 horas.
- El resto de establecimientos deberán cerrar a las 22:00 horas, salvo que se dediquen a servicios imprescindibles, con un aforo que permanece al 75% como máximo.
- Los cines, teatros y auditorios reducen su aforo al 50%, salvo salas multiusos polivalentes, que deberán cerrar a las 00:00 horas.
- Las instalaciones deportivas al aire libre no podrán abrir antes de las 06:00 horas y deben cerrar a las 00:00 horas. En las instalaciones interiores como gimnasios, se reduce las agrupaciones a seis personas como máximo y a un aforo del 50%, con el mismo horario que el de los espacios al aire libre.
- Los parques y jardines se cerrarán de 00:00 a 06:00 horas, así como los establecimientos de juegos -en estos, con aforo al 50% y cierre a las 00:00 horas-. Las funerarias también reducen su aforo al 50%, como los lugares de culto.
¿Cuáles son las medidas para las 32 zonas básicas de salud?
- No se permite la circulación fuera del área restringida, salvo desplazamientos justificados.
- Circulación por carretera permitida con origen y destino fuera de la zona confinada.
- Se permite la circulación de personas residentes, siempre que se respeten las medidas de protección de las autoridades sanitarias.
- Los establecimientos de hostelería y restauración reducen su aforo al 50% tanto en exteriores como en interiores.
- Los locales no podrán admitir clientes nuevos a partir de las 23:00 y se tendrá que mantener la distancia entre mesas y sillas. El cierre se tendrá que producir a las 00:00 horas. Además, tendrá que haber una ocupación máxima por mesa de seis personas. Esto también se aplica a los locales de juegos y apuestas.
- En todos los establecimientos comerciales no esenciales se reduce el aforo al 50% y se debe cerrar a las 22:00 horas.
- La asistencia a los lugares de culto no debe superar un tercio del aforo y se deberá respetar la distancia de metro y medio y el uso de las mascarillas.
- Velatorios: máximo 15 personas al aire libre o 10 personas en espacios cerrados sean o no convivientes.
- Actividades académicas no regladas o autoescuelas reducen su aforo al 50%.
- Instalaciones deportivas al aire libre e interior abrirán siempre que no superen el 50% de aforo en interiores y el 60% en exteriores.
- Se suspenden todos los parques infantiles de uso público.
¿Cuándo entran en vigor estas medidas?
Tal y como ha afirmado el consejero de Sanidad, el estado de alarma decretado por el Gobierno termina este sábado 24 de octubre a las 16:47 horas. A partir de esa hora, entran en vigor las nuevas restricciones para toda la Comunidad de Madrid.
En cuanto a las medidas que afectan a las zonas básicas de salud, se pondrán en marcha a partir de las 00:00 horas de este lunes 26 de octubre.
¿Qué zonas básicas de salud se ven afectadas a partir del lunes?
Madrid ha anunciado que hay 32 zonas básicas afectadas por las nuevas restricciones, divididas entre nueve distritos de Madrid y varios municipios. Estos son los distritos de Madrid capital:
- Núñez Morgado (Chamartín)
- Guzmán el Bueno (Chamberí)
- San Andrés y San Cristóbal (Villaverde)
- Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaria, Rafael Alberti y Numancia (Vallecas)
- Daroca (Ciudad Lineal)
- Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz)
- Puerta del Ángel (Latina)
- Virgen de Begoña (Fuencarral)
- Infanta Mercedes y Villamil (Tetuán)
Y estos son las zonas básicas de salud afectadas en los distintos municipios de la Comunidad de Madrid:
- Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba)
- Guadarrama (Guadarrama)
- Majadahonda (Majadahonda)
- San Juan de la Cruz (Pozuelo)
- San Blas y Pintores (Parla)
- Colmenar viejo Norte (Colmenar Viejo)
- Morata de Tajuña (Morata de Tajuña)
- Las Fronteras y Brújulas (Torrejón)
- El Boalo (Manzanares el Real)
- Villajero de Salbanés (Villajero de Salbanés)
- Colmenar de Oreja (Colmenar de Oreja)
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