LEY DE BIENESTAR ANIMAL

Así deberá ser ahora la adopción de perros o gatos con la nueva ley animal

La nueva Ley de Bienestar Animal aclara las condiciones que se tiene que cumplir a la hora de adoptar mascotas: quién está autorizado para dar en adopción, cómo se realiza el proceso, y que normas se deberán cumplir a partir de ahora.

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ondacero.es

Madrid | 05.09.2023 14:58

La ley establece cómo serán los procesos de adopción a partir de este septiembre
La ley establece cómo serán los procesos de adopción a partir de este septiembre | onda cero vega baja

Uno de los objetivos de la nueva Ley de Bienestar Animal es impulsar la adopción y el acogimiento de animales de compañía, en lugar de su compra. En especial de animales abandonados, para contribuir a "que los animales no identificados sean la excepción a una normalidad donde la mayoría de ellos estén identificados y con sus tratamientos veterinarios al día". La ley establece las siguientes condiciones:

Cómo y dónde puedo adoptar

La ley aclara que tanto la venta como la adopción, solo la podrán realizar "profesionales de la cría, tiendas especializadas autorizadas o centros de protección animal". En todos los casos, deberá hacerse a través de un contrato de adopción, que incluirá "los derechos y obligaciones de ambas partes". Por tanto, queda prohibida la adopción de animales no identificados y registrados previamente.

También se contempla la cesión gratuita, que deberá constar igualmente en un contrato entre las partes. Eso sí, no se podrán ceder perros, gatos y hurones "de menos de ocho semanas de edad".

Si en la adopción interviene una tienda especializada, los animales no podrán quedarse ni dormir en el local. En cambio, si la tienda colabora con un centro de protección animal, sí podrán alojarse en el establecimiento permanentemente, siempre y cuando:

  • La tienda solo ofrezca animales en adopción, y lo señale claramente.
  • Se encuentren en una zona separada de los productos y accesorios para animales.
  • Cumpla con las condiciones de cuidado y atención.
  • El centro de protección se encargue de la adopción, bajo su responsabilidad.
  • La tienda no reciba ningún tipo de pago, ni por la estancia ni por la adopción (salvo gastos veterinarios).
  • Incluya toda la información disponible sobre el animal (origen, características, certificado veterinario, etc.).
  • El animal haya recibido los tratamientos necesarios, esté identificado y esterilizado (o tenga el compromiso de esterilización).

Los Centros de Protección Animal

En el caso de estos centros, la ley establece que deberán formar parte de un registro nacional, el cual, entre otras cosas, facilitará "el proceso de adopción de animales de compañía con máximas garantías", entre otras condiciones.

Los animales se entregarán con un contrato de adopción, identificados según la normativa vigente. En el caso de perros, gatos y hurones, será obligación del centro esterilizar al animal antes de entregarlo en adopción, o en el caso de ejemplares muy jóvenes, "suscribir un compromiso de esterilización o no reproducción". En caso de duda, el criterio lo tendrán siempre los veterinarios.

Los centros llevarán un registro de animales dados en adopción y realizarán un seguimiento de los ejemplares, "comprobando que se cumplen las condiciones de bienestar y condiciones higiénico-sanitarias". En caso de detectar perjuicios hacia el animal, deberán denunciarlo a las autoridades para que se apliquen las correspondientes sanciones.

Por último, destacar que la ley prohíbe sacrificios en el centro ante la "imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado", entre otras posibles razones.