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Madrid pasa a la fase 1: esto es lo que se puede hacer a partir del próximo lunes

Onda Cero ha confirmado que la Comunidad de Madrid cambia de fase y entra en la uno del plan de desescalada a partir del próximo lunes 25 de mayo. Era la única comunidad autónoma que permanecía al completo en fase 0.

ondacero.es

Madrid | 22.05.2020 13:26 (Publicado 22.05.2020 13:09)

Madrid pasa a la fase 1: esto es lo que se puede hacer a partir del próximo lunes
Madrid pasa a la fase 1: esto es lo que se puede hacer a partir del próximo lunes | EFE

La Comunidad de Madrid pasará este lunes ala fase 1 del plan de desescalada, según ha podido saber Onda Cero. La Comunidad presidida por Ayuso era la única que permanecía al completo en la fase 0, lo que ha provocado fuertes enfrentamientos con el Gobierno por considerar la medida injusta, hasta tal punto que la Comunidad de Madrid interpone el pasado miércoles un recurso ante el Tribunal Supremo contra el Gobierno.

La Comunidad de Marid cambia de fase tras ser una de las más golpeadas por el coronavirus

Madrid ha sido una de las Comunidades en donde el coronavirus ha golpeado con más fuerza. Hasta la fecha. acumula un total de 8.931 muertos en hospitales, 14.246, contando también las muertes en centros como residencias, domicilios particulares y otros lugares, como la vía pública. En total, el número de contagiados registrados es de 67.049. A día de hoy todavía hay 1.464 personas ingresadas en hospitales, y acumula un total de 42.497. Las últimas cifras de contagio se sitúan en 82, lo que supone 30 menos que el día anterior.

Requisitos para cambiar de fase

Según la Orden SND/387/2020, de 3 de mayo, publicada en el BOE, los requisitos que tienen que cumplir las comunidades autónomas para pedir el cambio de fase se refieren a la capacidad sanitaria para hacer frente a un rebrote y la evolución epidemiológica del territorio, con control de casos activos y capacidad de identificación, aislamiento y control de los mismos:

- Disponer o tener acceso o capacidad de instalar en un plazo máximo de cinco días entre 1,5 y dos camas de cuidados intensivos (UCI) por cada 10.000 habitantes.

- Disponer o tener acceso o capacidad de instalar en un plazo máximo de cinco días entre 37 y 40 camas para enfermos agudos por cada 10.000 habitantes.

- Análisis de la situación y evolución esperada en el territorio y de los mecanismos para reducir el riesgo de transmisión en la población: se refiere a sistemas de alerta precoz y vigilancia epidemiológica, identificación y contención rápida de fuentes de contagio, capacidad de aislamiento y control de las fuentes de contagio confirmadas y potenciales.

¿Qué actividades están permitidas en la fase 1?

- Reuniones de un máximo de 10 personas dentro y fuera de casa respetando las medidas de higiene y manteniendo la distancia de seguridad.

- Apertura de las terrazas al 50% de su capacidad respetando la distancia de dos metros entre las mesas, que se tendrán que desinfectar entre un cliente y otro. Los grupos serán máximo de 10 personas y se priorizará el uso de elementos desechables. Además, no se compartirán cartas, palilleros y servilleteros.

- Uso del coche por parte de las personas que convivan en un mismo domicilio (hasta un máximo de 9 plazas). Si no conviven, máximo dos personas por fila y con mascarillas.

- Apertura de tiendas de menos de 400 metros cuadrados (excluidas las de los centros comerciales) sin necesidad de cita previa pero con un aforo máximo del 30% y respetando la distancia. Se desinfectará el local dos veces al día y habrá horario preferente para mayores y grupos de riesgo. Habrá geles hidroalcohólicos a la entrada de los comercios y probadores y prendas tendrán que desinfectarse tras cada uso.

- Velatorios limitados para un número concreto de familiares, con protocolos de distancia física y seguridad: 15 personas si son al aire lire y 10 si son en espacios cerrados.

- Mercadillos al aire libre en la vía pública respetando siempre la distancia de seguridad entre puestos y limitación inicial al 25% de los puestos habituales, así como una afluencia máxima de un tercio el aforo.

- Apertura de lugares de culto hasta un tercio de su capacidad.

- Apertura de hoteles y alojamientos turísticos sin uso de zonas comunes y con restricciones en las zonas de restauración.

- Actividades culturales y de ocio: apertura de bibliotecas para préstamo con limitación de aforo para lectura, espectáculos de menos de 30 personas en lugares cerrados y de menos de 200 al aire libre, visitas a museos con un tercio de aforo y producción audiovisual y rodaje de cine y series.

- Apertura de centros de alto rendimiento e instalaciones deportivas al aire libre sin público para deportes sin contacto. También se podrán realizar actividades deportivas individuales con cita previa en centros que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.

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