En un auto el TC mantiene suspendidos los artículos 1 y 2 de dicha ley que modificaba otra de 2008 en el sentido de que el Pleno del Parlament catalán pueda autorizar la celebración del debate de investidura del presidente catalán sin la presencia o intervención del candidato, así como la regulación de sesiones no presenciales del Govern y demás órganos colegiados de la Generalitat.
El tribunal aborda esta cuestión tras recibir las alegaciones del Govern de Cataluña una vez levantada la aplicación del artículo 155 de la Constitución.