DECLARACIÓN DE LA RENTA

¿Cobras el ingreso mínimo vital? Así te afecta al hacer la declaración de la Renta 2022

Patricia Camacho

Madrid | 15.03.2023 10:12

Cobro el ingreso mínimo vital: ¿cómo me afecta al hacer la declaración de la Renta 2022?
Cobro el ingreso mínimo vital: ¿cómo me afecta al hacer la declaración de la Renta 2022? | Pexels

A partir del próximo 11 de abril de 2023 se podrá presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022 a través de Internet. Ante un trámite tan relevante cómo este, es necesario aclarar aquellas dudas que nos puedan llevar a cometer irregularidades.

Una de las cuestiones que más confusión genera tiene que ver con los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV). ¿Están obligados a presentar la declaración por IRPF? A continuación, descubre todos los detalles.

IMV: una renta exenta

Según desvela una estadística publicada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social hasta finales de febrero de 2023, "el Ingreso Mínimo Vital ya beneficia a 576.097 hogares en los que viven 1.633.474 personas".

Cabe destacar que el IMV es una renta exenta, por lo que la gran mayoría de beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración de la renta, aunque si estarán en la obligación de presentarla, independientemente de la cuantía de sus ingresos.

Por otro lado, si se reciben otras ayudas como, por ejemplo, la renta mínima de inserción, solo se debe tributar por ese extra. De lo contrario, si no se ha obtenido ningún subsidio, lo más probable es que en las casillas de la declaración aparezcan con importe cero.

Otro aspecto importante a tener en cuenta es que el IMV no ocasiona el derecho a las deducciones por discapacidad, familia numerosa o maternidad.

En qué caso sí hay que declarar

Las cuantías que superen los 11.862,90 euros si que deben tributarse como rendimientos de trabajo en las declaraciones de la Renta y Patrimonio 2022.

Cuál es la cuantía del IMV en el año 2023

El importe mensual de la renta garantizada en 2023 asciende a 565,37 euros mensuales para beneficiarios individuales. Asimismo, dicha cantidad aumenta en un 30% por miembro adicional, con un máximo del 220%.

A su vez, tal y como explican desde la web de la Seguridad Social, si se trata de un hogar monoparental, "la cuantía anterior se incrementa con un complemento del 22%", al igual que ocurre cuando unmiembro de la familiajustifica un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Además, se abona un complemento mensual de ayuda para la infancia por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia.

Quiénes pueden ser beneficiarios del IMV

Todas las personas que carecen de recursos para cubrir sus necesidades básicas pueden solicitar el Ingreso Mínimo Vital, una prestación que la Seguridad Social otorga a las personas más vulnerables económicamente para prevenir el riesgo de pobreza y de exclusión social.

La Seguridad Social menciona:

  • Los menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, reagrupación familiar de hijos e hijas, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
  • Las personas víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual.
  • Las mujeres víctima de violencia de género.