Con la aprobación de la ordenanza de movilidad sostenible, los vehículos sin la etiqueta medioambiental de la DGT no pueden acceder al interior del anillo de la M-30 y circular por las vías urbanas desde el 1 de enero de 2022.
La prohibición en estos momentos afecta a los distrititos de Centro, Arganzuela, Salamanca, Retiro, Chamartín, Tetuán, Chamberí y algunas zonas de Moncloa-Aravaca (barrios de Argüelles, Colonia del Manzanares y parte de Ciudad Universitaria). Hasta final de año, los vehículos sin etiqueta sí podrán circular por la M-30.
Comienzan las multas a los infractores
Hasta el 1 de mayo, el Ayuntamiento de Madrid no ha multado en caso de infracción. Simplemente se ha enviado una advertencia con la cuantía de la multa que se habría llevado el infractor. Situación que cambia este domingo 1 de mayo ya que a partir de ese momento, sí se comenzará a multar desde las 00 horas. En concreto, se tipificaría como una falta grave por lo que la multa ascendería a 200 euros que se quedarían en 100 con pronto pago.
Excepciones a la medida
Los turismos sin etiqueta medioambiental de la DGT son los diésel matriculados antes de 2006 y los gasolina matriculados en 2001. Habrá excepciones para vehículos de los empadronados en la ciudad de Madrid, vehículos para el transporte de personas con movilidad reducida, autónomos con negocios en la zona, vehículos de reparto, etc.
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La Zona de Bajas Emisiones Madrid (ZBE Madrid), empezó a funcionar el 1 de enero de 2022. Hasta la fecha, los infractores solo recibían una notificación informativa. Es la tercera ZBE de Madrid tras la ZBE Distrito Centro y la ZBE de Plaza Elíptica.