>29 de junio: recuento completo de los votos, incluyendo los del extranjero de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
>4 de julio: A partir de esta fecha se proclamarán los resultados y las juntas electorales expedirán las credenciales para que diputados y senadores se presenten en el Congreso para acreditarse.
>19 de julio: Constitución del Congreso y el Senado a partir de las 10 de la mañana. Los parlamentarios elegirán a los presidentes y las Mesas de las Cámaras y posteriormente se promete o jura la Constitución.
>20-22 de julio: El Rey Felipe VI recibirá a los representantes políticos en la ya conocida ronda de consultas. Tras ello, encargará a uno de los candidatos a presidente de Gobierno a someterse a la sesión de investidura.
>25 de julio: Constitución de la Junta de Portavoces. La Mesa del Congreso ha de ratificar los grupos parlamentarios para constituir la Junta.
>Finales de julio - principios de agosto: Se investirá presidente a quien consiga mayoría absoluta en la primera votación, o 48 horas después, logre mayoría simple (más votos a favor que en contra).
>Segunda semana de agosto: A partir del ocho de agosto podría haber gobierno en caso de que se haya logrado la investidura. Los ministros, entonces, comparecerán en el Parlamento para exponer sus planes.
>A partir del 8 de octubre: En caso de que no haya investidura, tras el fallo en la votación comienza a contar un plazo de dos meses para posibles nuevos intentos. En caso de que ningún partido logre la mayoría, habría que celebrar unas terceras elecciones.