TRABAJO

Qué pasa con las bajas laborales: los movimientos y los datos que evidencian que España tiene un problema

Cataluña plantea condicionar parte del presupuesto de los centros de salud a no ampliar el tiempo de las bajas mientras los jueces se posicionan contra los excesos de las empresas ante el absentismo.

Antonio J. Mora | Agencias

Madrid |

Imagen de archivo con un puesto de trabajo vacío.
Imagen de archivo con un puesto de trabajo vacío. | EUROPA PRESS

España tiene un problema con las bajas laborales. Así lo refleja el último informe de la AIReF, cuyo análisis determina que la incidencia de las bajas ha subido un 60% de 2017 a 2024, también la duración media de las mismas -un 15%- y un gasto que ya supera los 16.500 millones de euros en el sector público.

Para hacerse una idea de la dimensión de este último dato, representa ya la segunda mayor partida de la Seguridad Social y solo se encuentra por detrás de las pensiones.

Los polémicos incentivos en Cataluña por no ampliar las bajas

Ante esta subida, algunas administraciones comienzan a actuar. Es el caso de la Generalitat de Cataluña, que condicionará parte del presupuesto de los equipos de atención primaria a que los centros de salud no prolonguen en exceso los días de una baja laboral a los pacientes con problemas de salud mental y lesiones osteomusculares, esto es, las afecciones que afectan a los músculos, tendones, nervios o ligamentos, entre otros.

La propuesta ha sido defendida por la Conselleria de Salud, que sostiene que los indicadores de referencia se fijan siempre bajo criterio clínico y que el objetivo real es evitar bajas sin diagnóstico y demoras en visita y pruebas. Salud apunta así a que un paciente puede estar varios meses de baja porque las pruebas tardan "demasiado" y con esta medida se llegará a una duración adecuada.

Grupos parlamentarios como ERC, Comunes y la CUP ya han pedido una comparecencia de la consellera, Olga Pané, para explicar estos incentivos en una medida que ha generado revuelo. Se trata de condicionar hasta un 5% de los recursos económicos de los que dispone cada centro de atención primaria, sin afectar al presupuesto base de cada centro para mantener su actividad habitual.

Sentencias contra el exceso de empresas ante el absentismo laboral

Todo esto se produce cuando se han conocido varias sentencias que los jueces han dictaminado ante determinados excesos de las empresas contra el absentismo laboral. Tanto el Tribunal Supremo como la Audiencia Nacional han corregidos en recientes fallos algunos convenios colectivos que penalizan bajas por enfermedad y de otros tipo, pese a que se encuentren justificadas. Los puntos en los convenios van desde incluir bonus por cumplimiento íntegro de la jornada a penalizaciones cuando los trabajadores se ausenten de su puesto, aunque sea por una causa totalmente justificada.

Por ejemplo, el pasado 26 de enero, la Audiencia Nacional ya dio la razón a los sindicatos que impugnaron el texto de la Confederación Española de Agencias de Viajes, que incluía que el trabajador recibiría solo el 50% de su sueldo en caso de enfermedad justificada con preaviso a la entidad. La Audiencia decía en su sentencia que, si se pretendía paliar el absentismo, no resulta posible hacerlo utilizando "criterios que supongan una discriminación directa por enfermedad o por estado de salud".

El Supremo también ha tratado de poner coto a estos excesos, y en una sentencia fechada el 16 de enero, la sala de lo social dio la razón a la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT), que denunció el convenio colectivo de la empresa de servicios digitales e ingeniería Ayesa Ibermática. El sindicato denunció la decisión empresarial de considerar como no productivas a los efectos del abono de la retribución variable, aquellas jornadas en las que la persona trabajadora no ha podido prestar servicios por encontrarse en situación de incapacidad temporal.

El Supremo, que confirma un fallo de la Audiencia Nacional y rechaza el recurso de la empresa, destaca que la retribución variable se utiliza como una herramienta empresarial para promocionar la actividad presencial y fomentar la asistencia al centro de trabajo, pero no cabe excluir de dicha retribución los periodos de incapacidad temporal. Ello supondría condicionar la retribución variable a no haber disfrutado de permisos vinculados con la conciliación, una "discriminación indirecta por razón de sexo", añaden los magistrados.

Cómo abordar el absentismo: ¿hacia los complementos para reducir las bajas?

El Supremo no rechaza que se incluyan en los convenios complementos salariales para aumentar la productividad y reducir el absentismo, como ya indicó en una sentencia de enero de 2024, pero con limitaciones.

Para el cálculo de este bonus se tienen en cuenta "todas las ausencias del trabajador a efectos de aminorar su cuantía "excepto las debidas a vacaciones, diferencias horarias, licencias sindicales y permisos retribuidos por fallecimiento de cónyuge, padre-madre o hijos del trabajador", puntualizaba la sentencia. La existencia de estos pluses pretende "mejorar la calidad y combatir el absentismo", finalidad "legítima" ya establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en 2018 y contemplado en una directiva europea.

Combatir el absentismo es una causa lícita que pretende afrontar un grave problema, añade el Supremo, pero para ello no se puede vulnerar la Constitución ni la igualdad de trato y la no discriminación.

La patronal pide abordar el absentismo en la negociación colectiva

Los datos preocupan a la CEOE, que pide abordar el "problema" del absentismo en la próxima negociación colectiva. El presidente de la patronal, Antonio Garamendi, subrayó que cada día se ausentan de su puesto de trabajo casi 1,7 millones de personas por "muchas causas": "Nosotros queremos hablar de ese tema. No estamos culpando a nadie, pero pensamos que es algo que hay que trabajarlo".

A su criterio, el absentismo laboral no solo perjudica a la productividad de España, sino que refleja un problema de salud de los trabajadores que se debe abordar. En cualquier caso, aclaró que "nadie está diciendo que no se pague" a los trabajadores cuando están de baja médica, sino que en todo caso se pueden tratar cuestiones sobre complementos salariales, como ya planteó Cepyme.