REGISTRO HORARIO

Inspección de Trabajo avisa a las empresas: esta forma de fichar puede costar multas de hasta 20.000 euros

El incumplimiento de esta normativa podría llevar a la empresa a hacer frente a diferentes sanciones que varían según la gravedad

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Aurora Molina

Madrid |

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Imagen de recurso | Freepik

Las empresas españolas deben cumplir con la normativa de registro horario fijada en el Real Decreto-ley 8/2019 si quieren evitar multas de hasta 20.000 euros.

Uno de los motivos por los que las empresas pueden ser gravemente sancionadas es por el uso de sistemas biométricos a la hora de fichar el horario. Desde finales de 2023 está prohibido emplear lahuella dactilar o el reconocimiento facial para estas funciones, puesto que se considera un tratamiento excesivo de datos personales.

De hecho, el incumplimiento de esta normativa podría llevar a la empresa a hacer frente a multas que varían según la gravedad:

  • Leves. Desde 750 euros hasta 7.500 euros.
  • Graves. Hasta 22.000 euros por trabajador afectado
  • Muy graves. Superior a 22.000 euros.

Otras normas de obligado cumplimiento para empresas

Las empresas deben realizar el registro horario de sus trabajadores digitalmente de forma obligatoria de acuerdo con la nueva normativa. Asimismo, los datos del registro deben ser completos, directos, auténticos y conservados durante al menos cuatro años.

Esta normativa afecta a todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato o jornada que realicen en su tiempo de trabajo.