DECLARACIÓN DE LA RENTA

Consejos para evitar errores en la declaración de la Renta si has estado en ERTE

Consulta los posibles nuevos errores que se pueden cometer este año en la declaración de la Renta debido a los efectos del coronavirus y los ERTE.

ondacero.es

Madrid | 14.04.2021 18:43

Declaración de la renta
Declaración de la renta | Onda Cero

El pasado 7 de abril dio comienzo de nuevo la campaña de la Renta. Sin embargo, este año hay que tener en cuenta nuevos errores y omisiones debido a la situación ocasionada por el coronavirus, que obliga a fijarse en nuevos aspectos, como los Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o el cobro del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Por ello, se recomienda descargarse el borrador del impuesto sobre la renta(IRPF) de la página web www.agenciatributaria.es, ya que pueden detectarse muchos nuevos errores, en especial a la hora de que nos salga a devolver.

¿Se trata de un ERTE de reducción de jornada o un ERTE completo?

Este año, más de cuatro millones de personas se han visto afectadas por un ERTE, y antes que nada, hay que saber si se trata de un ERTE de reducción de jornada o de si es un ERTE completo.

Si el ERTE solo implica una reducción de jornada, una parte del salario lo pagará la empresa, con la correspondiente retención del IRPF, mientras que la otra lo pagará el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que incluirá una retención mínima del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En el caso de un ERTE completo, es decir, la suspensión temporal del contrato de trabajo, la prestación por desempleo corre a cargo del SEPE en su totalidad, que también incluirá la retención a cuenta del IRPF, aunque al ser cuantías muy reducidas, esta retención podría llegar a ser mínima o, incluso, del 0%.

En ambos casos, la cantidad tributa como renta de trabajo, ya que una es la que ha pagado la propia empresa y la otra, a pesar de ser prestación por desempleo, se integra dentro del resto de rentas de trabajo percibidas.

¿Cuáles son los cambios en la declaración si hay ERTE?

Las personas que hayan estado en ERTE durante el año pasado son uno de los colectivos que deben estar atentos a los cambios, ya que han tenido 2 pagadores: su empresa y el servicio público de empleo estatal (SEPE). Así, el límite de renta baja y están obligados a presentar la declaración si cobraron más de 14.000 euros brutos al año (en lugar de los 22.000 euros si solo hubieran cobrado de su empresa). Esto supone que muchas de las personas que en la anterior campaña no tuvieron que presentar nada, esta vez sí tengan que hacerlo. Además, posiblemente les salga a pagar porque el SEPE no ha retenido nada del dinero que abonó y ahora hay que pagar a Hacienda.

Es decir, si se han recibido más de 1.500 euros del SEPE durante el ERTE y esa cantidad supera los 14.000 euros al sumarla con el salario percibido por la empresa, será obligatorio realizar la declaración de la Renta.

Este mismo grupo puede tener muchas dudas con respecto a qué cifras deben declarar y la Agencia Tributaría aconseja esperarse lo necesario hasta conocerlo y evitar los posibles errores, como que el servicio de empleo les pagara más dinero del correspondiente. En este caso, se debería esperar a que el SEPE envíe la resolución y presentar una rectificación de autoliquidación, para que Hacienda le devuelva lo que declaró de más.

Hacienda permitirá pagar en seis meses el IRPF a quienes tuvieron ERTE en 2020

La Agencia Tributaria permitirá fraccionar en seis veces el pago de la liquidación del IPRF a aquellos contribuyentes que estuvieron incursos en un ERTE durante 2020 y cuya declaración salga positiva.

Fuentes de Hacienda han confirmado que "en breve" se aprobará una orden ministerial para recoger esta modificación en las declaraciones a ingresar de los contribuyentes sujetos a ERTE, que podrán abonar en esos seis meses (entre julio y diciembre) la liquidación sin intereses.

Para las declaraciones a ingresar, habitualmente el pago se puede fraccionar en dos veces (el 60 % al presentar la autoliquidación y el 40 % restante en noviembre), pero la orden ampliará esos plazos para los sometidos a ERTE.

Al tiempo, la Agencia Tributaria recomienda a los trabajadores afectados por un ERTE que hayan recibido cobros indebidos del SEPE que esperen a su reclamación antes de presentar la declaración de la renta.