JUSTICIA

El TSJCV deniega la suspensión cautelar de la consulta a los padres para elegir la lengua base

Los magistrados no aprecian "perjuicios irreparables" por la aplicación de la norma

ondacero.es

València |

El conseller de Educación, José Antonio Rovira, durante la presentación de la campaña sobre la elección de la lengua base.
El conseller de Educación, José Antonio Rovira, durante la presentación de la campaña sobre la elección de la lengua base. | Rober Solsona - Europa Press

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha denegado la suspensión cautelar de la consulta prevista este martes 25 de febrero por la que las familias de los alumnos han de elegir la lengua base en la que estudiarán sus hijos e hijas a partir del próximo curso escolar, 2025-2026.

Los magistrados rechazan así las medidas solicitadas por Acció Cultural del País Valencià y Famílies pel Valencià, junto a varios particulares, y recuerdan que la orden que regula esa consulta "cumple con un mandato de la Ley 1/2024", la llamada de Libertad Educativa: "Es la norma sustantiva".

La Sala explica que el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra esa ley, pero rechazó suspenderla cautelarmente en una providencia de fecha 19 de noviembre de 2024, por lo que está "en vigor" y resulta aplicable.

"Estimar la medida cautelar solicitada implica suspender de facto la ley", cuestión que, según el TSJCV, "está fuera de la jurisdicción" del Tribunal Superior y corresponde al TC.

"Suspender la eficacia de la vigencia de la orden de la consulta por el régimen y sistema que la Ley establece, o por los posibles efectos en función de sus resultados, supondría en cierta medida admitir la inconstitucionalidad de la Ley. Función que solo compete al Tribunal Constitucional", argumenta la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso.

Los magistrados no aprecian tampoco una "manifiesta ilegalidad" de la orden de la Conselleria de Educación. En este sentido, aseguran que tanto el mandato legal que desarrolla como la propia consulta "gozan de presunción de juridicidad", sin perjuicio del "devenir de juicio de constitucionalidad" que debe hacer el TC.