El rey emérito, Juan Carlos I, presentará, finalmente, demanda contra el expresidente de Cantabria y secretario general del PRC, Miguel Ángel Revilla, en los juzgados de Madrid tras la fallida conciliación celebrada el pasado viernes en Santander.
Así lo ha adelantado este martes El Diario Montañés y lo han confirmado a Europa Press fuentes del caso después de que la conciliación del 16 de mayo concluyera sin avenencia, un acto en el que el emérito no se presentó --sí su abogada, Guadalupe Sánchez, y su procurador-- y en el que Revilla no se retractó en sus palabras sobre el monarca porque cree que lo que ha dicho es verdad.
"Yo no rectifico en nada"
"Yo no rectifico en nada de lo que mis condiciones personales me hacen pensar que estoy en lo cierto", afirmó el regionalista el pasado viernes a la salida de los juzgados de Santander.
Tras no tener éxito la conciliación, el expresidente cántabro ya temía que el emérito --que el mismo día en que no se presentó a la conciliación salió a navegar en el municipio pontevedrés de Sanxenxo-- iba a continuar la causa judicial contra él. "Me veo en el banquillo a punto de cumplir 83 años", señaló.
Además de una rectificación pública, Juan Carlos I reclamaba 50.000 euros por manifestaciones injuriosas en programas de televisión al regionalista.
Sin avenencia
En un decreto notificado este martes, la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander ha declarado terminado sin avenencia el acto de conciliación.
En el documento, la letrada explica que ambas partes asistieron al acto de conciliación celebrado el pasado viernes: el rey emérito por medio de su procurador y de su abogada, y Revilla personalmente y representado y asistido por su procuradora y su abogado, respectivamente.
La resolución indica que, en el acto, "no llegaron a acuerdo alguno ni fue posible avenir" a las partes, por lo que, tal y como recoge la Ley de Jurisdicción Voluntaria, al no lograr ponerlas de acuerdo, "se debe tener el acto por terminado sin avenencia".
Así, la letrada acuerda, por tanto, el archivo definitivo de las actuaciones, si bien cabe la interposición de un recurso de revisión contra el decreto en el plazo de cinco días. En el mismo, el recurrente deberá hacer constar la infracción en que la resolución hubiera incurrido, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).

