Sucesos

El Govern plantea sancionar con 7.500 euros al organizador de dos fiestas en el Parque Natural de Mondragó y Es Carbó

Se podría haber infringido la disposición que declara uso prohibido en el ámbito de los espacios de relevancia ambiental marinos la difusión, comercialización y la realización de fiestas y eventos multitudinarios en embarcaciones con música o que alteren sensiblemente los niveles sonoros naturales del entorno.

Europa Press

Baleares | 10.08.2021 14:50

Cala Mondragó.
Cala Mondragó. | Mallorca

La Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad del Govern balear ha iniciado un expediente contra el presunto organizador de dos fiestas en el Parque Natural de Mondragó y Es Carbó, en Mallorca, por las que se propone una sanción de 7.500 euros.

En concreto, se trata de una fiesta celebrada la noche del 22 al 23 de junio en el área marina frente al Parque Natural de Mondragó, y otra en la playa de 'Es Carbó, el día 24 de junio, con la instalación de una pantalla gigante y un generador en un Lugar de Interés Comunitario (LIC) de la Red Natura 2000.

Según ha informado la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio este martes en una nota de prensa, la resolución considera que los hechos recogidos por los Agentes de Medio Ambiente podrían constituir dos infracciones administrativas de la Ley 5/2005 de Conservación de Relevancia Ambiental (LECO).

En concreto, se podría haber infringido la disposición adicional que declara uso prohibido en el ámbito de los espacios de relevancia ambiental marinos la difusión, comercialización y la realización de fiestas y eventos multitudinarios en embarcaciones con música o que alteren sensiblemente los niveles sonoros naturales del entorno.

Se considera que es una actividad incompatible con los objetivos de conservación de estos espacios protegidos y con el descanso de las personas que disfrutan de las playas y el litoral.

En el caso de la fiesta en Es Carbó, se aprecia una posible infracción del artículo 50.1 h) de la LECO que prohíbe la organización de actos multitudinarios dentro de los espacios naturales sin la autorización preceptiva.

El afectado dispondrá de un plazo para presentar alegaciones, en caso de que lo considere oportuno, una vez haya recibido la notificación.