ENTRA EN VIGOR EL 4 DE ENERO

El BOE publica la reforma de los delitos de malversación y sedición en el Código Penal

El BOE ha publicado la derogación del delito de sedición y la reforma del delito de malversación. Conoce aquí cuándo entran en vigor y en qué consisten estos cambios.

Carlota Colón de Carvajal

Madrid | 23.12.2022 10:38

El BOE publica la reforma de los delitos de malversación y sedición en el Código Penal
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez | EFE/ Kiko Huesca

Este viernes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la polémica reforma que ha tramitado el Gobierno de coalición PSOE- Unidas Podemos por la que se deroga del Código Penal que deroga el delito de sedición y lo cambia por otro delito de desórdenes públicos. Además, también se publica la reducción de las penas para algunos de los condenados por delitos de malversación y contrabando de armas de doble uso.

Estas dos nuevas reformas han suscitado numerosas críticas por parte de los partidos de la oposición Partido Popular, Vox y Ciudadanos, y por algunos de los miembros del propio PSOE, como los presidentes autonómicos Javier Lambán, Emiliano García-Page o el exmandatario socialista, Alfonso Guerra.

Guerra comentó durante una entrevista en 'Más de uno' con Carlos Alsina los independentistas pueden volver a repetir "lo que hicieron en 2017 sin que haya desórdenes públicos y que no se les pueda acusar de nada". Además, advierte de que "han dejado desprotegida la democracia española y ha costado mucho".

Asimismo, el ex dirigente socialista recalcó que legislar para una persona "es una forma también de corrupción", haciendo hincapié en que el Ejecutivo ha realizado estas reformas para contentar al independentismo y así obtener su voto en los Presupuestos.

¿Cuándo entra en vigor?

Finalmente, esta reforma del Código Penal salió adelante con 140 votos a favor, 118 en contra y tres abstenciones. Una vez esté publicado en el BOE esta reforma de los delitos de sedición y malversación, entrará en vigor en doce días. Es decir, los cambios serán efectivos a partir del próximo miércoles 4 de enero.

¿Qué cambia en el delito de sedición?

A partir de ahora, ya no existirá el delito de sedición por el que fueron condenados por el 1 de octubre los líderes independentistas Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Joaquim Forn, Dolors Bassa, Josep Rull, Carme Forcadell, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. La sedición dejará de existir y pasará a convertirse en otro de desórdenes públicos agravados.

Es decir, que dejará de tener una condena de entre 10 y 15 años de prisión y con 10 a 15 años de inhabilitación y tendrá una pena de entre 3 y 5 años de prisión y una inhabilitación de 6 a 8 años.

¿Qué cambios hay en el delito de malversación?

Por otro lado, el delito de malversación (un delito que únicamente afecta a los políticos) también sufrirá cambios. Actualmente estaba tipificado con hasta 8 años de prisión, pero sin embargo, a partir de ahora, si no hay ánimo de lucro o enriquecimiento personal, tendrá penas máximas de 4 años de cárcel.

Esto significa que los líderes independentistas también se podrían ver beneficiados. Los independentistas que han sido condenados por malversación fueron Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa.