Con la nueva ley de vivienda los propietarios particulares que tengan viviendas en alquiler en zonas tensionadas podrán realizar subidas en las rentas de los nuevos contratos.
Requisitos para poder subir el precio del alquiler
Si se cumplen los siguientes requisitos los propietarios podrán subir el precio del alquiler:
- Haber realizado obras de rehabilitación "que hubieran finalizado en los dos años anteriores a la fecha de la celebración del nuevo contrato de arrendamiento".
- Si en los dos años anteriores a la fecha de la firma del contrato se hayan finalizado actuaciones de rehabilitación o mejora de la vivienda en la que se haya acreditado un ahorro de energía primaria no renovable del 30%. Los propietarios deberán acreditar este ahorro con dos certificados de eficiencia energética, uno posterior a la actuación de rehabilitación y otro anterior que registrado como máximo dos años antes de las obras.
- Que el contrato de arrendamiento se firme por un periodo de diez años o más.
¿Cuánto podrán subir el alquiler?
En los casos explicados anteriormente, los propietarios podrán realizar subidas de hasta el 10%. Esta medida se aplica a pequeños propietarios, así que los grandes tenedores no podrán beneficiarse de estas subidas en el alquiler.
En la nueva ley de vivienda se amplía el perímetro de gran tenedor a las personas físicas que tengan más de 5 viviendas en una misma zona clasificada como tensionada. A los grandes tenedores se les aplicará un índice de contención de precios que puede topar el encarecimiento de esos alquileres o incluso reducir la renta anterior vigente.