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Abierto juicio oral contra el ex consejero de Medio Ambiente, Antonio Cerdá, y el ex comisario de Aguas, Manuel Aldeguer

El fiscal solicita para ambos un año y nueve meses de prisión, una multa de 16 meses con una cuota diaria de doce euros e inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público durante nueve años

Verónica Martínez Serrano

Murcia | 17.02.2022 18:53

Mar Menor
Mar Menor | Onda Cero

El magistrado titular del juzgado de Instrucción número 2 de Murcia, en auto notificado hoy, abre juicio oral por delitos contra el medio ambiente contra empresarios, administradores o encargados de 37 empresas agrícolas, por vertidos contaminantes al Mar Menor procedentes del uso de desalobradoras ilegales en el campo de Cartagena.

Además, en esta causa principal también se enjuiciará por prevaricación ambiental por omisión de las inspecciones obligatorias al exconsejero de Agricultura, Antonio Cerdá, y el ex comisario de Aguas, Manuel Aldeguer, para los que el fiscal solicita 1 año y 9 meses de prisión, una multa de 16 meses con una cuota diaria de 12 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público durante 9 años.

La resolución ordena, además, que se requiera a los acusados y responsables civiles para que presten una fianza que asciende a un total de 16,25 millones de euros, “con apercibimiento de embargo de bienes”.

El instructor, tras declarar a la Audiencia Provincial de Murcia, como órgano competente para el enjuiciamiento de la causa, establece que se emplace a los acusados para que presentes sus escritos de defensa.

No es una causa general sobre la degradación de la laguna

El juez desestima ocho recursos de reforma interpuestos por la representación procesal de distintos investigados y que se sustentan esencialmente en que no existen indicios suficientes de delito respecto de sus representados, la falta de competencia del juzgado para la instrucción o que piden la nulidad de actuaciones por infracción y vulneración de los derechos de defensa de las partes investigadas.

Respecto a la alegación de falta de motivación del auto con respecto a la concreta intervención de una de las explotaciones en el estado actual del Mar Menor, el instructor aclara que “la presencia de la investigada en el procedimiento no trae causa directa de haber causado daños al Mar Menor, sino de llevar a cabo un vertido de salmuera proveniente de una actividad de desalación no autorizada que puede afectar sustancialmente o de forma grave al medio ambiente. La cuestión del daño al Mar Menor y su cuantificación será relevante a la hora de calificar correctamente la conducta imputada y determinar el tipo penal aplicable”.

Insiste en que “el presente procedimiento no es una causa general sobre todos y cada uno de los factores que han podido influir en la degradación de la laguna, toda vez que sería una cuestión inabarcable, habiéndose centrado en la actuación de determinados cargos políticos y empresas agrícolas”.