TRAS EL FIN DEL ESTADO DE ALARMA

La Comunidad Valenciana retrasa el toque de queda y amplía a 10 personas las reuniones

Las nuevas restricciones contemplan limitar la movilidad entre las 00.00 y las 6.00 horas y fijar en 10 el número máximo de personas en reuniones sociales.

EFE | ondacero.es

Madrid | 08.05.2021 13:41

Ximo Puig, president de la Generalitat
Ximo Puig, president de la Generalitat | ondacero.es

El Gobierno de la Comunidad valenciana ha aprobado este sábado las nuevas restricciones ante la pandemia que entrarán en vigor este domingo, una vez decaiga el estado de alarma.

Toque de queda de 00.00 horas a 06.00 horas

Entre las nuevas medidas acordadas se contempla limitar la movilidad entre las 00.00 y las 6.00 horas, lo que supone un retraso de dos horas con respecto al actual (de 22.00 a 06.00). Así se ha acodado en la reunión de la comisión Interdepartamental celebrada este sábado, después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) haya avalado la propuesta de la Generalitat para mantener algunas de las restricciones para hacer frente a la pandemia.

Ampliación de las reuniones a 10 personas

Estas medidas, que estarán vigentes hasta el 24 de mayo, incluyen también la ampliación a 10 personas en las reuniones sociales y que los establecimientos de hostelería y restauración podrán cerrar a las 23.30 horas y aumentar su aforo interior del 30 al 50 %, mientras que en las terrazas se mantiene el aforo del 100 %.

La Comunitat Valenciana, que mantiene la incidencia acumulada de coronavirus más baja de España amplía de seis a diez el número de personas en reuniones sociales, tanto en espacios privados como en lugares públicos.

También limita al 75 % el aforo en los espacios de culto y para reuniones y celebraciones religiosas, siempre que la distancia interpersonal respete un mínimo de 1,5 metros, así como para otras actividades, como congresos; salas de cine y teatro; atracciones de feria, zoológicos o acuarios. Este aforo regirá también para los establecimientos y locales comerciales, los mercadillos que desarrollen su actividad en la vía pública al aire libre, o las sedes festeras, así como para las zonas comunes de hoteles, albergues turísticos, casas rurales y otros alojamientos similares.

Sin discotecas y bares de copas

Por otra parte, se mantiene suspendida la actividad propia de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, pubs, ciber-cafés, cafés teatro, cafés concierto y cafés cantante, y no se permite la realización de celebraciones populares, desfiles o espectáculos itinerantes.

Uso obligatorio de la mascarilla

Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla a partir de los seis años, excepto para realizar deporte al aire libre; para el baño y los periodos de descanso antes o después del baño, y los momentos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.