¿Qué se puede hacer en cada nivel sanitario?

Cantabria entra en la fase de transición hacia un periodo post epidémico y comienza a relajar aforos

Sanidad publica en el Boletín Oficial de Cantabria la resolución que recoge nuevas medidas: flexibilización de aforos y supresión de límites máximos de personas. ¿Qué se puede hacer en cada nivel sanitario desde el sábado, 5 de junio?

Alicia Real

Santander | 04.06.2021 22:50

Nueva normalidad: ¿Qué se puede hacer y qué no tras la desescalada?
Nueva normalidad: ¿Qué se puede hacer y qué no tras la desescalada? | OC

Cantabria comienza una flexibilización de las medidas restrictivas que regulan el semáforo del riesgo de transmisión por Covid-19 en los municipios de la comunidad. Nuevas medidas que suponen una flexibilización de aforos en espacios y actividades y supresión de límites máximos de personas.

La nueva resolución de Sanidad es aplicable desde las 00.00 horas del sábado 5 de junio.

¿Qué se puede hacer y qué no en cada nivel sanitario?

Cierre hostelería y ocio nocturno

La hostelería cerrará a la 1 de la madrugada y el ocio nocturno podrá abrir hasta las 2 de la madrugada en los municipios que se encuentren en nivel 1 y 2 de alerta.

Aforos en la hostelería y el ocio nocturno

Por lo que respecta a los locales de ocio nocturno, para la zona 1 se aprueban las mismas condiciones que para restaurantes y bares en la zona 1, pero en la zona 2 se permitirá la apertura con un aforo máximo de 1/3 en interiores. En las zonas en alerta 3 y 4 por la pandemia no está permitida la apertura de estos establecimientos.

Aforos en el deporte

La nueva resolución publicada por la consejería de Sanidad afecta de forma determinante a las actividades y eventos deportivos en los que se han eliminado las limitaciones máximas de asistentes que ahora dependen del aforo de la instalación. Así, para la zona 1, el aforo máximo de las instalaciones cubiertas es del 75% y del 50% si el municipio está en la zona 2.

Turismo activo

La nueva normativa no contempla ninguna limitación para las actividades de turismo activo y naturaleza en las zonas 1 y 2 y grupos máximos de 6 personas para los municipios en zona 3 y de 4 para los municipios en zona 4.

Playas

Por lo que respecta a las playas, contempla el aforo máximo del 100% en la zona 1, del 75% en zona 2; y del 50% en los municipios que estén en zona 3 y 4; en esta última el tránsito y la permanencia en las playas se limitará al paseo y a la práctica del deporte.

Hogares del jubilado

Los hogares del jubilado mantienen la limitación de aforo interior en un 75%, y la limitación de un máximo de 6 personas por mesa en la zona 1; aforo interior del 50% y máximo de 6 personas en zona 2 y se suspende su actividad en las zonas 3 y 4.

Otras restricciones de aforo

En la larga lista de actividades reguladas, la norma también recoge modificaciones para velatorios y entierros; ceremonias y celebraciones civiles; establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público; mercadillos; centros y parques comerciales abiertos al público; zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos; actividades grupales en zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos; zonas comunes de residencias de estudiantes, de albergues turísticos; bibliotecas; visitas públicas y actividades culturales en los museos; actividad de visita a monumentos y otros equipamientos culturales, cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como de los recintos al aire libre y de otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales; conciertos, fiestas, verbenas y otros eventos populares.

Nueva resolución en el BOC

Las nuevas medidas han salido publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria que se puede ver a continuación.