Tribunales

El TSJIB anula parte de las pruebas contra los investigadores del caso Cursach pero el juicio se celebrará

En su resolución el Tribunal ha dictaminado que no se pueden valorar como prueba los hallazgos obtenidos de los teléfonos móviles de dos de los policías acusados en lo relativo al chat 'Sancus' en todo lo que tenga que ver con filtraciones a los medios de comunicación.

Patricia Segura | Europa Press

Palma | 20.06.2023 12:39

El juez Manuel Penalva (centro) y el fiscal Miguel Ángel Subirán (dech), a su llegada a la Audiencia de Palma, en febrero de 2020
El juez Manuel Penalva (centro) y el fiscal Miguel Ángel Subirán (dech), a su llegada a la Audiencia de Palma, en febrero de 2020 | Isaac Buj - Europa Press

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha anulado parte de las pruebas sustentadas por las acusaciones contra los investigadores del caso Cursach, pero el juicio se celebrará. De esta manera, se han resuelto las cuestiones previas planteadas al inicio del juicio, que sienta en el banquillo al juez Manuel Penalva, al fiscal Miguel Ángel Subirán, al inspector jefe del Grupo de Blanqueo José Luis García Reguera, al subinspector Miquel Ángel Blanco, a la subinspectora Blanca Ruiz y al policía Iván Bandera.

En su resolución el Tribunal ha dictaminado que no se pueden valorar como prueba los hallazgos obtenidos de los teléfonos móviles de dos de los policías acusados en lo relativo al chat 'Sancus' en todo lo que tenga que ver con filtraciones a los medios de comunicación. La Sala entiende que estas comunicaciones arrancan y no son ajenas al secreto profesional, y de las comunicaciones de los periodistas que ya se declaró vulnerado por la Sala de Apelación del TSJ en anteriores resoluciones.

En lo referente a otras comunicaciones distintas de las filtraciones alojadas en los teléfonos de los policías, el Tribunal ha decidido relegar esta cuestión a la sentencia con el objetivo de determinar si es o no un hallazgo casual. Por otro lado, la Sala ha desestimado la cuestión previa de incompetencia de los investigadores inspectores del Cuerpo Nacional de Policía que asumieron, por designación de sus superiores, previa solicitud que les dirigió el juez, la instrucción policial de las actuaciones que han dado lugar a este procedimiento.

Asimismo, se han rechazado las cuestiones previas relativas a la lesión al juez y fiscal imparcial, a la nulidad de toda la causa por aprovechamiento de prueba ilícita y a la inhabilidad del Ministerio Fiscal, representado por Tomás Herranz. La Sala ha considerado también que no ha lugar a tratar la cuestión suscitada en cuanto a la ruptura de cadena de custodia de los móviles de los policías Bandera y Ruiz, por no afectar a la validez de la prueba sino a su regularidad. Y en cuanto a la legitimidad de las acusaciones particulares, la Sala la ha delimitado y únicamente podrán acusar por hechos de los que han sido directamente perjudicadas.

En su resolución el Tribunal ha dictaminado que no se pueden valorar como prueba los hallazgos obtenidos de los teléfonos móviles de dos de los policías acusados en lo relativo al chat 'Sancus' en todo lo que tenga que ver con filtraciones a los medios de comunicación.