CASO RUBIALES

La RFEF retira a Rubiales el sueldo, el coche, el móvil y el ordenador

Luis Rubiales en 2022 pasó a ganar 675.761 euros brutos (371.679 netos), más una ayuda a vivienda de 3.000 euros brutos mensuales (1.650 netos)

El CSD remite la documentación adicional solicitada por el TAD

ondacero.es

Madrid | 29.08.2023 19:11

La RFEF retira a Rubiales el sueldo, el coche, el móvil y el ordenador
La RFEF retira a Rubiales el sueldo, el coche, el móvil y el ordenador | Agencia EFE

El Consejo Superior de Deportes (CSD) ha trasladado este martes al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) la documentación adicional requerida a través de un oficio como los comunicados emitidos por la RFEF, Jenni Hermoso y el sindicato Futpro en relación al 'caso Rubiales'.

A la espera de que se conozca la resolución, la RFEF sigue dando pasos contra Luis Rubiales. Si ayer los presidentes de las territoriales pedían su dimisión "inmediata" ahora el organismo habría decidido suspender de empleo y sueldo a Rubiales además de retirarle el coche oficial, el ordenador y el teléfono móvil. La decisión de los presidentes de territoriales de "activar los protocolos internos de la Federación Española de Fútbol (RFEF)" como consecuencia de la suspensión provisional de la FIFA a Luis Rubiales, conllevará la suspensión de empleo y de sueldo de éste.

El sueldo de Luis Rubiales se modificó en 2022 y pasó a ganar 675.761 euros brutos (371.679 netos), más una ayuda a vivienda de 3.000 euros brutos mensuales (1.650 netos) después de que la asamblea aprobase su salario por amplia mayoría el 30 de mayo de 2022 con 83 votos a favor, ninguno en contra y una sola abstención.

Este cambio se hizo tras la publicación de unos audios donde se revelaba que Rubiales y Gerard Piqué habían pactado el cobro de una comisión de 24 millones de euros por llevar la Supercopa de España a Arabia Saudí para que el sueldo de Rubiales estuviese ligado a los ingresos federativos.

Pendiente de la resolución del TAD

Si el TAD incoa el expediente, el CSD atendiendo al artículo 62.2.c de la Ley del Deporte estará en disposición de convocar en 48 horas a la Comisión Directiva que puede suspender de forma cautelar y provisional al presidente de la RFEF hasta que el tribunal resuelva el caso.