ENTREVISTA CON CARLOS ALSINA

El fiscal Viada denuncia injerencias en el criterio de los fiscales: "Nos han hecho un 155 encubierto"

Salvador Viada, uno de los once fiscales del Tribunal Supremo que votó a favor de investigar a Puigdemont por delito de terrorismo, se muestra convencido de que la Fiscalía se pronunciará en contra y critica que es la primera vez que no se adopta el criterio mayoritario de la sección.

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Lucía Noguerales

Madrid | 07.02.2024 10:51

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en una foto de archivo

Ya no sólo es Manuel García-Castellón, el juez de la Audiencia Nacional que investiga la causa de Tsunami Democràtic. La mayoría de fiscales del Tribunal Supremo también ven razones para investigar a Carles Puigdemont por delitos de terrorismo relacionados con esta causa.

Los fiscales del Alto Tribunal celebraron ayer una Junta que, con once votos a favor y cuatro en contra, contradijo el último criterio del fiscal Álvaro Redondo, quien modificó su primer borrador para elaborar un informe que descarta la existencia de un delito de terrorismo en el caso Tsunami.

Redondo cambió de criterio antes de hablar con el fiscal general

El fiscal Salvador Viada, perteneciente a esta sección del Supremo, explica en 'Más de uno' que durante la Junta el fiscal Redondo dejó perfectamente claro que "fue antes de hablar con el fiscal general del Estado cuando él, recapacitando sobre lo que había escrito en primer lugar, cambió de opinión, y defendió la segunda opinión.

En total Redondo estuvo una hora y media explicando su punto de vista, algo que Viada agradece porque "están siendo días difíciles para él". Redondo, "defendió su posición muy bien porque es un buen jurista". Sin embargo, "el contenido de lo que defendió, a mi modo de ver, no era acertado", opina Viada, uno de los once que votaron a favor de que se imputase a Puigdemont por delito de terrorismo.

¿Qué se puede tipificar como terrorismo?

Los fiscales del Supremo analizaron la exposición razonada que había hecho el juez de la Audiencia Nacional, García-Castellón. Con esto, asumiendo que todo sea "probablemente cierto", el asunto "no tiene mucha complejidad porque en el tipo penal del terrorismo están recogidos todos los requisitos", aclara el fiscal.

Antes del 2015, para que se apreciara el delito de terrorismo hacía falta pertenecer o tener una relación con una banda terrorista. Sin embargo, cuando aparecieron los lobos solitarios se cambió la norma y, por ello, a día de hoy, para cometer terrorismo "es preciso realizar un delito grave siempre que se haga con una finalidad concreta", explica Viada.

Esa finalidad concreta -que se llama el tipo subjetivo o el ánimo del autor- los recoge el juez en la exposición razonada, con los comunicados de Tsunami Democrátic, casi de forma literal: obligar al Estado a negociar, a cambiar de opinión sobre ese tema. Así, desde el punto de vista estrictamente penal el asunto no es muy complejo.

¿Por qué hay cuatro fiscales del Tribunal Supremo que no comparten el criterio de la mayoría?

A pesar de la abrumadora mayoría, cuatro fiscales del Supremo no consideran que haya que investigar a Puigdemont por delitos de terrorismo. Según explica el fiscal, para que exista delito de terrorismo, han de ser delitos graves y, para ser graves, han de estar castigados con penas de más de 5 años de prisión.

Por ello, "hay que analizar qué delitos se fueron cometiendo, según la exposición razonada, para compararlos con la pena que se les asigna en el Código Penal y distinguir cuáles son graves y cuáles no".

Por ejemplo, en el caso de los delitos de atentado, en el más grave, no llegan a los cinco años. En los delitos de daños, en algún caso extremo sí llegan a los cinco años, pero normalmente no. "En las lesiones que tuvieron los policías algunas sí llegan a los cinco años de prisión, pero entonces hay que distinguir si esas lesiones se atribuyen a quienes organizan el tsunami o a quienes materialmente pegan a los policías", aclara.

Todo esto "obliga a una interpretación" con infinidad de matices. Si uno entiende -como entiende la mayoría de fiscales- que Tsunami es una organización que lanza a masas de personas a confrontarse directamente con las fuerzas de seguridad del Estado, aquellos que lanzan a las masas deberían asumir las consecuencias de lo que pueda ocurrir.

Consecuentemente, esas lesiones, esas tentativas de homicidios en algún caso, son atribuibles a las personas que lanzan a las masas. Por ello, "hay algunos compañeros que no comparten ese matiz, pero la mayoría sí", sostiene Viada.

La discrepancia de los fiscales es un mero trámite

A pesar de esa abrumadora mayoría, -y siendo ese el criterio mayoritario del Tribunal Supremo-, al existir discrepancias entre los dos fiscales jefes de sección -Fidel Cadena y Joaquín Sánchez Covisa-, el informe definitivo para la investigación de Puigdemont lo realizará la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María de los Ángeles Sánchez Conde, quien podría emitir el criterio opuesto al de la mayoría de fiscales.

Salvador Viada explica que cuando ayer entró en la Junta, un compañero le advirtió: "van a hacernos el artículo 24", sobre la unidad de acción y la jerarquía. Esto significa que si el resultado de la votación no es favorable al criterio que no existe delito de terrorismo, habría discrepancias entre los jefes y el asunto se escalaría.

"Esto te quita el ánimo porque yo pensaba que estaba haciendo aquí algo importante y, en realidad, estoy cumpliendo un trámite", se queja el fiscal. Con esto, la discrepancia de los fiscales del Supremo pasa a ser una mera apariencia.

Es la primera vez que no se acepta el criterio de la mayoría

Viada aclara que discrepancias de los jefes con el criterio de la sección se producen con relativa frecuencia en asuntos menores y, los jefes, en esos casos, aceptan el criterio de la mayoría. "Esta es la primera vez, y yo llevo desde el 2006 en esta sección del Tribunal Supremo, que veo esto. La primera vez, y tenemos Junta todos los martes", denuncia.

Sobre la discrepancia de criterio entre los fiscales del Supremo, Viada asegura que "estaba preparada" y "que esto estaba hablado, de que iría para arriba en el supuesto de que existiera esa discrepancia", algo que se le hizo "evidente" antes de entrar en la Junta.

La última palabra la tendrá el fiscal general del Estado

El artículo 24 al que se refiere el fiscal Viada no es sencillo de entender. La decisión no la tiene que tomar la teniente fiscal, la número dos, sino el fiscal general del Estado y, además, la tiene que tomar oyendo previamente a la Junta de fiscales de sala o al Consejo fiscal, dependiendo de la materia.

"Al fin y al cabo, esto está hecho con todas las garantías para que resuelva el fiscal general del Estado", sentencia, mientras añade: "nos han hecho un 155 encubierto".

"La política que se introduce en la Fiscalía es un cáncer para la justicia"

Por último, insiste en que "la política que se introduce en la Fiscalía a través de las asociaciones de jueces es un cáncer para la justicia". Lamentablemente, se asume con naturalidad que las decisiones sean tomadas en función de la ideología política.

Al margen de esto, Viada aclara que los once fiscales que votaron a favor de imputar por terrorismo a Puigdemont eran "de todos los sectores" y, por tanto, se trata de una posición "transversal".