DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

Esto es todo lo que debes saber sobre el uso obligatorio de las mascarillas

El BOE ha publicado la orden ministerial por la que el uso de las mascarillas pasa a ser obligatorio, desde este jueves, aunque con algunas excepciones. Consulta aquí los casos y supuestos en los que su utilización será obligatoria.

ondacero.es

Madrid | 20.05.2020 13:01

Varias mujeres con mascarillas hacen cola ante una mercería
Varias mujeres con mascarillas hacen cola ante una mercería | EFE

El BOE ha publicado que el uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión comunitaria del SARS-CoV2 está justificado no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad.

Por ello se ha establecido que, con carácter general, el uso de mascarillas sea obligatorio en personas de seis años en adelante en la vía pública y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad de al menos dos metros.

Sobre el tipo de mascarilla, la orden dice que será obligatorio el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca.

¿Hasta cuándo dura la obligación de llevar mascarilla?

La obligación del uso de mascarilla se mantendrá durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

Excepciones al uso obligatorio de mascarilla

La orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, también recoge algunas excepciones:

- Población infantil de entre tres y cinco años. En este caso su uso es recomendable, pero no obligatorio.

- Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud justificados.

- Personas dependientes o discapacitados que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

- Actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Espacios donde será obligatorio el uso de mascarilla

Además de seguir usándose en el transporte público, las mascarillas higiénicas y quirúrgicas son obligatorias en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, cuando no sea posible mantener una distancia de seguridad de al menos dos metros.

Las personas que salen a hacer ejercicio, exentas de su uso

Las personas que salen a hacer ejercicio en bici o corren están exentas del uso de mascarilla, que será obligatorio desde este jueves en espacios cerrados y en la calle cuando no se pueda garantizar una distancia mínima de dos metros para los mayores de 6 años.

Estas personas no deberán usar la mascarilla si no quieren, han señalado a Efe fuentes del Ministerio de Sanidad, que insisten en la importancia de guardar las medidas de distanciamiento social.

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