Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos

Expertos piden que pueda denegarse la custodia de los hijos a los padres que maltraten a sus mascotas

La Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos ha enviado un escrito a los grupos parlamentarios firmado por profesionales de la salud mental, la educación y el derecho.

ondacero.es

Madrid | 19.11.2021 08:49

Una niña juega con su mascota en un parque
Una niña juega con su mascota en un parque | Pixabay

La Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA) ha pedido a los grupos parlamentarios que en caso de ruptura de una pareja, se pueda denegar la custodia a los padres si alguna vez estos han maltratado a mascotas o hayan amenazado con hacerlo.

Maltrato animal como forma de violencia sobre la infancia

Según CoPPA, diversos profesionales de la psicología y la psiquiatría se muestran de acuerdo en señalar cómo exponer a los niños a agresiones hacia los animales de su entorno hará que estos sufran angustia o dolor por la violencia que están presenciando, así como miedo y desesperación ante la mera amenaza de que el maltrato animal llegue a producirse.

El hecho de que este tipo de violencia proceda de alguno de los padres del menor, puede tener un "impacto perjudicial" en el estado psicológico y emocional del niño, que pueden llegar a "perder la confianza en sus adultos de referencia, desarrollar problemas de ansiedad y depresión" o tener "repercusiones negativas sobre su rendimiento escolar y trastornos en su sano desarrollo, favoreciendo incluso el desarrollo de actitudes y comportamientos propios de una normalización de la violencia, como conductas de bullying, entre otras".

Apelan al artículo 92.7 del Código Civil: qué dice este

La CoPPA manifiesta que esta es una enmienda que debería incluirse con motivo de la reforma del Código Civil que, en relación con los animales y "las implicaciones de nuestra convivencia con ello", se está tramitando actualmente.

"Atender a las implicaciones jurídicas de lo anterior deviene ineludible en esta reforma, máxime cuando, según lo expuesto, dichas implicaciones afectan directamente a menores de edad, siendo la finalidad del artículo 92.7 del Código Civil preservar su especial interés y procurar una protección inmediata del hijo o hija frente a esta forma de violencia psíquica y emocional ejercida a través del maltrato a los animales", aseguran.