Punto final al recorrido judicial de la causa penal contra el exfiscal general Álvaro García Ortiz en el Tribunal Supremo. El Alto tribunal desestima los incidentes de nulidad de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, en representación de Álvaro García Ortiz, contra la sentencia que condenó al ex fiscal general del Estado a dos años de inhabilitación.
De esta manera confirma su condena como responsable de la filtración de datos del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, en el marco de unas negociaciones para un acuerdo de conformidad.
El auto ha sido aprobado por seis votos a favor y dos en contra y cuenta con el voto particular de las magistradas discrepantes, Ana Ferrer y Susana Polo. Agotada esta vía, García Ortiz puede recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional.
La decisión aprobada por el Alto Tribunal era de esperar, porque los incidentes no suelen prosperar, pero el paso era necesario para que, agotada la vía de jurisdicción ordinaria, pueda recurrir en amparo ante la corte de garantías. Según el Tribunal Supremo, "la libertad de expresión no ampara la publicación de una nota informativa con datos confidenciales, que no deben ser divulgados y de los que se conoce por razón del cargo".
El tribunal, además, considera que tanto la filtración a la Cadena Ser del correo clave del 2 de febrero de 2024 en el que el abogado de González Amador reconocía dos delitos fiscales y la divulgación de la nota informativa de la Fiscalía, "conforman el hecho probado con la relevancia penal y tipicidad que fundan la condena".
En cuanto a las dos magistradas que discrepan de la mayoría consideran que "los indicios valorados por la sentencia mayoritaria no son suficientes para desvirtuar el principio de presunción de inocencia, puesto que "no tienen entidad incriminatoria bastante para llegar a un juicio de culpabilidad, sin dudas razonables, siendo la inferencia muy abierta, pues caben conclusiones alternativas favorables al acusado".
