El TC ha dictaminado la pérdida sobrevenida de objeto del incidente sobre el mantenimiento o levantamiento de la resolución del presidente del Parlament de Cataluña, de 22 de enero de 2018, por la que se proponía investir como presidente a Carles Puigdemont. "Las circunstancias concurrentes actualmente hacen que las decisiones impugnadas en este proceso constitucional hayan perdido su eficacia y, en consecuencia, no pueden ser aplicadas", ha señalado el alto tribunal.
El TC recuerda en su resolución que ya no tiene sentido seguir ocupándose de un incidente procesal sobre la candidatura de Puigdemont cuando el presidente del Parlament ya anuló, el pasado 5 de marzo, la convocatoria del 22 de enero, al proponer a Jordi Sánchez i Picanyol como candidato para el mismo cargo.
Además, por Real Decreto 291/2018, de 15 de mayo, ha sido nombrado presidente de la Generalitat, Quim Torra, añade. En todo caso, la resolución judicial advierte de que "la pérdida de objeto de la solicitud de levantamiento de la suspensión y del incidente cautelar no implica la pérdida de objeto de la impugnación promovida por el Gobierno contra las resoluciones impugnadas".
Es decir, el TC dice que aunque no tiene sentido estudiar el incidente sobre la suspensión cautelar de una candidatura cuando hay ya un president nombrado (Torra), eso no supone que el alto tribunal no vaya a seguir tramitando el recurso sobre si fue legal la candidatura.