DECLARACIÓN DE LA RENTA

Las novedades de este año en la declaración de la Renta si te has comprado una casa o vives de alquiler

Antonio J. Mora

Madrid |

Una grúa en una zona de construcción de edificios.
Una grúa en una zona de construcción de edificios. | Alberto Ortega / Europa Press

La declaración de la Renta que corresponde al ejercicio del año pasado arranca este miércoles 8 de abril y lo hace con la presentación de los borradores por internet. Justo después de Semana Santa, los contribuyentes podrán presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Cabe recordar que desde el 6 de mayo y hasta el 30 de junio, Hacienda permite confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono, con solicitud de cita previa desde el 29 de abril hasta el 27 de junio. Por otro lado, entre el 1 y el 30 de junio será cuando se podrán elaborar presencialmente en oficinas de la Agencia Tributaria, siendo necesario pedir cita previa para ello desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.

Uno de los aspectos que más quebraderos de cabeza trae a los contribuyentes es el de la vivienda. Tanto si eres propietario como si vives de alquiler, hay determinadas novedades en la campaña de este año.

Novedades de la Renta si vives de alquiler

Para contratos anteriores a 2015, los inquilinos pueden beneficiarse de la deducción estatal, con un máximo del 10,05% de las cantidades satisfechas y siempre y cuando su base imponible sea menor de 24.107,20 euros anuales.

Si el contrato es posterior a 2015, todo depende de la comunidad autónoma en la que viva el contribuyente. A la deducción autonómica se le suman requisitos como la edad, que sea la vivienda habitual o que la fianza quede depositada en el organismo correspondiente.

Novedades para propietarios de viviendas en alquiler

También existe un cambio en las reducciones para propietarios que alquilan la que sea vivienda habitual del inquilino. Aquí se distinguen entre los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023, los firmados entre el 26 de mayo y el 31 de diciembre de 2023, y los firmados desde el 1 de enero de 2025.

En el primer caso, se mantiene la reducción del 60% por los ingresos netos obtenidos por dicho alquiler, mientras que en el segundo se aplica una reducción del 60% en 2023 y a partir de 2025 depende de las condiciones:

  • Un 90% de reducción si se renueva el contrato en una zona tensionada y se rebaja el alquiler más de un 5%.
  • Un 70% de reducción si se alquila la vivienda en una zona tensionada a un inquilino de entre 18 y 35 años.
  • Un 60% de reducción si la vivienda ha sido rehabilitada en los dos años anteriores al contrato.

Novedades de la Renta si te has comprado una casa

El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros amplía las deducciones por eficiencia energética de la vivienda también durante 2026, por lo que se mantienen dichas deducciones por la obra de rehabilitación del inmueble, siempre que sea vivienda habitual del contribuyente o en expectativa de alquiler (en este caso, la vivienda se debe alquilar antes del 31 de diciembre de 2027).

Las obras que dan derecho a esta deducción son aquellas en las que se reduce la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda en al menos un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración. Esto debe quedar acreditado con un certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido antes y después de las obras realizadas, y solo se puede aplicar la deducción en el periodo en el que se ha expedido el certificado posterior a las obras.

El porcentaje de deducción es del 20% con una base máxima de 5.000 euros por las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2025.

Client Challenge

También existe una deducción por obras de rehabilitación energética, en viviendas propiedad del contribuyente y plazas de garaje y trasteros adquiridos con estas. Las obras que dan derecho a esta deducción son aquellas que hayan reducido el consumo de energía primaria no renovable en un 30% como mínimo, o bien que la mejora de la calificación energética del edificio en clase energética A o B.