Ley de vivienda

¿Hay cada vez más okupaciones en España? Los datos que maneja el Gobierno

G.F. | Europa Press

Madrid | 27.04.2023 10:48

Imagen de archivo de la puerta principal de una vivienda
Imagen de archivo de la puerta principal de una vivienda | Pexels

El Congreso de los Diputados dará luz verde este jueves al nuevo proyecto de ley de vivienda con las modificaciones que fueron aprobadas en Comisión.

El Ejecutivo defiende que esta ley servirá para contener las rentas, incrementar la oferta en los municipios con más demanda y proteger a inquilinos y pequeños propietarios frente a los "abusos de los grandes tenedores y fondos de inversión".

¿Hay cada vez más okupaciones en España?

Según los datos del Sistema Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior, las infracciones penales por 'okupaciones' de viviendas han descendido un 11% en el primer trimestre de 2023 respecto al mismo periodo del año anterior. Así lo ha reconocido también la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez.

A 31 de marzo se han contabilizado 3.898 infracciones penales relacionadas con las okupaciones de inmuebles, frente a los 4.385 casos del primer trimestre de 2022.

En 2021 en este mismo periodo de tiempo se registraron 4.634 infracciones. En la estadística del Ministerio del Interior se recogen datos de todas las fuerzas de seguridad, exceptuando la Ertzaintza en marzo de 2023.

Zonas con más okupaciones de España

Las comunidades donde más casos de okupaciones se registran, según los datos del Sistema Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior son:

  • Cataluña: 1.673.
  • Andalucía: 594.
  • Comunidad Valenciana: 420.
  • Comunidad de Madrid: 369.
  • Castilla-La Mancha: 161.
  • Canarias: 148.
  • Murcia: 123.
  • Islas Baleares: 111.

El número de estas infracciones penales registradas en España en 2022 fue de 16.726, un 3,2% menos que el año anterior, cuando esta cifra se había disparado hasta el máximo histórico de 17.274 casos recopilando los datos de la Policía Nacional, la Guardia Civil, las policías autonómicas y los cuerpos municipales.

Qué dice la Ley de vivienda al respecto

El Ejecutivo defiende que esta ley servirá para contener las rentas, incrementar la oferta en los municipios con más demanda y proteger a inquilinos y pequeños propietarios frente a los "abusos de los grandes tenedores y fondos de inversión".

El PP, Cs y Vox consideran que la norma es parcialmente inconstitucional porque, a su juicio, vulnera el derecho a la propiedad privada y ampara la ocupación ilegal de pisos.

Requisitos para desalojar a los okupas

La Ley de Enjuiciamiento Civil prevé diferentes requisitos y procedimientos para pequeños y grandes propietarios. Ahora, para iniciar el desahucio se exige que cualquier demandante acredite dos cosas: Si la vivienda es el domicilio habitual del ocupante o no y si el propietario tiene más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial.

También trae consigo cambios en el desalojo: Los Cuerpos yFuerzas de Seguridad del Estado no podrán intervenir por sorpresa, tendrán que comunicar el día y la hora. Si el propietario es un gran tenedor: se le cancelarán todos los procesos si no certifican que han intentado conciliar con los infractores que sean considerados vulnerables. Y si el propietario del inmueble tiene que hacer todas las acreditaciones relacionadas con la vivienda. Se desestimarán "las demandas, que pretendan la recuperación de la posesión de una finca, en que no se especifique" si "el inmueble objeto de las mismas constituye vivienda habitual de la persona ocupante".

Diferencia entre usurpación y allanamiento

La principal diferencia entre los delitos de usurpación y allanamiento es que, en el caso de la usurpación se protege la propiedad privada, mientras que, en el allanamiento, el bien jurídico protegido es la inviolabilidad del domicilio.

El allanamiento de morada es el ingreso o permanencia en una vivienda sin la autorización del morador. Cuando se comprueba que el inmueble constituye morada las penas se agravan. La usurpación de una vivienda es la ocupación ilegal de una deshabitada sin el consentimiento del propietario. La sanción consiste en una multa económica, porque el bien inmueble no es considerado morada para la justicia.

Protección por desahucios

Los juzgados deberán solicitar a los servicios sociales un informe para acreditar si es una persona vulnerable. En caso afirmativo, se suspenderá el desahucio hasta que la Administración encuentre una alternativa habitacional en forma de vivienda, por un periodo de dos meses si el demandante es una persona física o de cuatro si es jurídica.

Raquel Sánchez admite que "se producen" okupaciones de vivienda

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha reconocido que "se producen" okupaciones de vivienda. Así lo ha señalado en el Congreso de los Diputados durante su intervención para responder a la interpelación del PP sobre las medidas en materia de vivienda.

El diputado del PP encargado de la defensa de la iniciativa, Mario Garcés, ha acusado al Gobierno de "mitomanía" porque "niegan de manera reiterada que haya un problema de okupación en España" e indicó que son 100.000 las viviendas okupadas.

La ministra respondió que con el PP "se multiplicaron por tres las okupaciones" y apuntó que entre 2011 y 2018 pasaron de algo menos de 4.000 a más de 12.000, y hasta el 31 de marzo de este año han bajado un 11%. "No genere usted alerta con hechos que son residuales, que es cierto que se producen, pero frente a los que también estamos adoptando medidas", ha asegurado.