Pisos Turísticos

El TSXG da la razón al Concello de Santiago en la regulación de pisos turísticos

El tribunal también avala la decisión municipal de equiparar las viviendas de uso turístico al uso de hospedaje, al considerar que esta interpretación es adecuada y conforme con la normativa vigente

Ramón Castro

Santiago de Compostela |

El TSXG da la razón al Concello de Santiago en la regulación de pisos turísticos
El TSXG da la razón al Concello de Santiago en la regulación de pisos turísticos | Onda Cero Radio

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado la razón al Ayuntamiento de Santiago en el procedimiento contencioso-administrativo interpuesto por Aviturga (Asociación de Viviendas Turísticas de Galicia) contra la modificación del título III del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM), que regula los usos turísticos en la ciudad.

El origen del litigio se remonta al 16 de febrero de 2023, cuando el Ayuntamiento aprobó una modificación del PXOM para prohibir la implantación de nuevas viviendas de uso turístico en el casco histórico y en varias calles de su entorno, además de establecer limitaciones en otros ámbitos, como el Ensanche.

Según recordó la portavoz del Gobierno local, Míriam Louzao, Aviturga presentó ese mismo año un recurso contencioso-administrativo, que fue admitido a trámite por el TSXG. La asociación alegaba, entre otras cuestiones, la ausencia de los informes de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) y de la Delegación del Gobierno, así como la falta de motivación para considerar las viviendas de uso turístico como una actividad de hospedaje, al entender que ello suponía una invasión de competencias autonómicas.

La Sala desestimó todos los argumentos de la asociación. En su sentencia, concluye que los informes reclamados no eran preceptivos, ya que la modificación del PXOM no altera las determinaciones del planeamiento vigente en materia aeronáutica. Asimismo, señala que tampoco se justificó de qué manera la ausencia del informe de la Delegación del Gobierno podría afectar a la validez del procedimiento.

El tribunal también avala la decisión municipal de equiparar las viviendas de uso turístico al uso de hospedaje, al considerar que esta interpretación es adecuada y conforme con la normativa vigente.

Una vez concluido el plazo para la presentación de un eventual recurso de casación sin que este se produjera, la sentencia adquirió firmeza. Así lo declara el decreto dictado el pasado 25 de junio.