“Las ayudas tienen como objetivo actuar de manera inmediata ante las consecuencias provocadas por el COVID-19, impulsando la actividad económica en nuestro término municipal y otorgando liquidez a las empresas del municipio para facilitar su activi-dad, el empleo y amortiguar la reducción drástica de ingresos que supuso la pandemia de la cual aún no nos hemos recuperado totalmente”, declara la alcaldesa Ana Serna.
La cuantía viene financiada por la Diputación Provincial de Alicante por un importe de 82.190 euros, siendo el resto, 50.000 euros, de aportación municipal, es decir, las ayudas ascienden a un importe total de 132.190 euros: “Este dinero será inyectado directamente a los empresarios y autónomos de la localidad, impulsándoles de una manera considerable, más aún si tenemos en cuenta las ayudas pasadas, también del Plan Reactiva, que cumplían con la misma función: dar solución a las consecuencias y daños económicos ocasionados por la pandemia”, continua la alcaldesa.
Las cuantías serán determinadas en función del número de beneficiarios que cumplan los requisitos de la convocatoria. Todo ello hasta agotarse el crédito destinado a la misma.
Las solicitudes, se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento Albatera, donde estará disponible el procedimiento telemático y los modelos de solicitud. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir de la publicación del anuncio de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, es decir, desde hoy, 2 de septiembre, hasta el 23 de septiembre inclusive.
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas ayudas las microempresas, y autó-nomos, cualquiera que sea su forma jurídica, válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica en el término municipal de Albatera.
Podrán acceder a las ayudas los siguientes tipos de empresa: Autónomos y mutualistas, sean personas físicas o societarias. Microempresas, definidas a efectos de esta convo-catoria como aquellas empresas con menos de 10 empleados, y cuyo volumen de ne-gocios anual o balance general anual no excede de 2 millón euros.
Los beneficiarios de estas ayudas serán los que cumplan el requisito de que el promedio mensual de facturación de los meses por los que se vaya a solicitar la ayuda (que deben estar comprendidos entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022), haya sido igual o inferior al promedio mensual facturado en los mismos meses en 2019.
Los gastos subvencionables, que vienen recogidas en las bases de la convocatoria, son entre otros la cuota de autónomos, el alquiler mensual del local de negocio, los gastos de contratos de suministro de energía y agua del local de negocio, etc….
Todos los requisitos y documentación necesaria se encuentran en las bases de las ayu-das: https://www.albatera.org/programa-de-ayudas-a-empresas-2022/
“Desde el Ayuntamiento de Albatera seguiremos trabajando para que, poco a poco, la economía de nuestro municipio vaya creciendo y avanzando, creo que con ayudas de este tipo y otras para impulsar al comercio local, como el bono consumo, lo estamos consiguiendo”, concluye Ana Serna.