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La Junta Electoral valida los votos de Castellón con la papeleta de 2016

Se detectó que electores que habían solicitado el voto por correo habían recibido un sobre blanco para el Congreso de los Diputados en cuyo interior se encontraba una papeleta de la candidatura del Partido Popular correspondiente a las Elecciones Generales de 2016.

ondacero.es

Castellón | (Publicado 26.04.2019 08:58 )

Papeletas electorales | laSexta.com

La Junta Electoral Central se ha pronunciado sobre las irregularidades en la documentación enviada para el voto por correo en Castellón y ha acordado que aquellos votos que se encuentren en un sobre en el que además haya una papeleta de la lista del PP al Congreso de 2016 serán "válidos".

La resolución, hecha pública por el PSPV, se corresponde con el acuerdo alcanzado anoche por la Junta Electoral Central, después de que tanto PP como PSPV pusieran en conocimiento de la Junta Electoral de Zona de Castellón que algunos electores que habían solicitado el voto con correo estaban recibiendo en sus domicilios un sobre que ya contenía una papeleta correspondiente a la lista al Congreso del PP correspondiente a las elecciones de 2016.

Este hecho podía hacer que el voto fuera nulo, ya que si el elector no se daba cuenta de que ya había una papeleta -no válida para los presentes comicios-, al hacer el recuento aparecería un sobre con dos papeletas.

La Subdelegación del Gobierno -responsable de preparar la documentación para el voto por correo- subsanó el error y comenzó a enviar documentación nueva con sobres "salidos de imprenta", ya que anteriormente había "reciclado" sobres utilizados en los anteriores comicios.

Sin embargo muchos ciudadanos habían alertado del error y ante esto la Junta Electoral Central ha decidido tomar la decisión de no tener en consideración la papeleta de 2016.

Tras esta consulta sobre la validez del voto por correo en el supuesto de que contenga la papeleta de 2016 y otra de 2019 la Junta Electoral Central ha explicado que el error "no es imputable al elector" y por tanto, "las mesas electorales deben reputar como válido el voto emitido en un sobre en el que figure una papeleta correspondiente a las elecciones de 2016".

Asimismo, continúa la Junta, "debe reputarse nulo el voto emitido en el que únicamente figure una papeleta de 2016, dado que existen dudas razonables sobre la exacta voluntad del elector".