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CEOE CEPYME Cuenca informa de la concesión de ayudas para contratos de relevo

CEOE CEPYME Cuenca informa de la concesión de ayudas para el establecimiento de contratos de relevo que ha puesto en marcha la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

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CEOE CEPYME Cuenca
CEOE CEPYME Cuenca | Onda Cero

La Confederación de Empresarios de Cuenca informa de que el plazo para solicitar estas ayudas a la contratación está abierto hasta el próximo 30 de octubre de 2026.

Además, informan de que la presentación de esta solicitud tiene que hacerse mediante envío telemático en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la dirección www.jccm.es en el plazo de un mes desde la formalización del contrato o, si el contrato es anterior a la publicación de la ayuda, en el pazo de un mes desde la entrada en vigor de la norma.

Mediante estas ayudas se dará una subvención de 8.000 euros por contrato de una duración de un año y sea de jornada completa, graduándose esta ayuda para tiempos parciales.

Asimismo, esta ayuda podría incrementarse en 700 euros si la persona a contratar pertenece al colectivo de mujeres con condición de víctimas de violencia de género, personas con discapacidad igual o superior al 33% o personas en situación de exclusión social, e incluso esta cuantía puede incrementarse en un 20% para aquellas empresas que se desarrollen en núcleos de población definidos como zonas en riesgos de despoblación o municipios de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación.

Por otro lado, el incremento será del 30% si la actividad es en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación o en municipios de más de 200 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.

Podría subir este aumento al 40% para las solicitudes relativas para proyectos en núcleos o municipios de menos de 2.00 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación. Además, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios considerados como zonas prioritarias, la cuantía se la subvención se incrementará en un 20%.

Obligaciones

Para ser beneficiario de estas ayudas el contrato de elevo tiene que ser a jornada completa por una duración mínima de un año y generarse el puesto de trabajo en Castilla-La Mancha.

Como obligación, la empresa tiene que hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y contar con un plan de prevención de riesgos laborales, además de no haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivos o despidos disciplinarios declarados improcedentes en los seis meses anteriores a la contratación.

Los colectivos subvencionados son jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años inscritos y beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mujeres que tengan la condición de víctima de violencia de género, personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% o trabajadores en riesgos de exclusión social.

CEOE CEPYME Cuenca informa de la concesión de ayudas para el establecimiento de contratos de relevo que ha puesto en marcha la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

La Confederación de Empresarios de Cuenca informa de que el plazo para solicitar estas ayudas a la contratación está abierto hasta el próximo 30 de octubre de 2026.

Además, informan de que la presentación de esta solicitud tiene que hacerse mediante envío telemático en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la dirección www.jccm.es en el plazo de un mes desde la formalización del contrato o, si el contrato es anterior a la publicación de la ayuda, en el pazo de un mes desde la entrada en vigor de la norma.

Mediante estas ayudas se dará una subvención de 8.000 euros por contrato de una duración de un año y sea de jornada completa, graduándose esta ayuda para tiempos parciales.

Asimismo, esta ayuda podría incrementarse en 700 euros si la persona a contratar pertenece al colectivo de mujeres con condición de víctimas de violencia de género, personas con discapacidad igual o superior al 33% o personas en situación de exclusión social, e incluso esta cuantía puede incrementarse en un 20% para aquellas empresas que se desarrollen en núcleos de población definidos como zonas en riesgos de despoblación o municipios de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación.

Por otro lado, el incremento será del 30% si la actividad es en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación o en municipios de más de 200 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.

Podría subir este aumento al 40% para las solicitudes relativas para proyectos en núcleos o municipios de menos de 2.00 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación. Además, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios considerados como zonas prioritarias, la cuantía se la subvención se incrementará en un 20%.