El titular del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Santander que está instruyendo la causa por el incendio de unos garajes en un inmueble de El Alisal ha acordado transformar la medida cautelar de prisión provisional incondicional de uno de los investigados por una eludible bajo fianza de 6.000 euros.
En un auto hoy notificado, el instructor adopta esta medida en línea con lo acordado recientemente por la Audiencia Provincial, que resolvió el recurso de apelación del otro investigado, quien solicitaba al tribunal que revisara la decisión del instructor de imponerle la medida de prisión provisional incondicional.
En caso de que los dos investigados presten la fianza de 6.000 euros, saldrán en libertad, pero no podrán acercarse al inmueble del siniestro y tampoco a determinadas personas que residen en él y que les reconocieron en las grabaciones de las cámaras de seguridad y en la rueda de reconocimiento.
Además, en el caso del investigado que es vecino del edificio, el juez también le prohíbe residir allí en tanto dure la instrucción de la causa y se dicte sentencia.
El magistrado señala que la puesta en libertad de los dos investigados “genera un riesgo nuevo que no puede desconocerse” y es que, tratándose uno de ellos de un vecino, “pueda reintegrarse a Comunidad y reiterar hechos como el que ha dado lugar a la formación de la presente causa”.
“No es difícil de imaginar la sensación de inseguridad y temor de los citados vecinos en el momento que conozcan que el investigado vuelve a vivir en la vivienda”, una “sensación especialmente acusada en las personas que han reconocido al investigado como autor del hecho, a quien debe protegerse específicamente como fuentes de prueba”, razona.
Así pues, le impone la prohibición de residir en su vivienda durante toda la tramitación de la causa y, “para garantizar la seguridad y tranquilidad de los vecinos y muy especialmente de las personas que le han reconocido”, acuerda imponerle la prohibición de acercarse a estas y a sus respectivos domicilios.
Del mismo modo, explica el instructor que la puesta en libertad del otro investigado “genera un riesgo nuevo que no puede desconocerse y es que pueda intentar influir en las fuentes de prueba”, razón por la cual también se le impone una medida de alejamiento del vecindario y de ciertas personas que residen en el mismo.