La sala civil y penal del TSJCat ha absuelto al exconseller Lluis Puig del delito de desobediencia en relación al traslado de las obras de arte del Museo Diocesano de Lleida al Monasterio de Sijena.
El tribunal resuelve que, durante el juicio, no se ha aportado prueba suficiente para poder calificar que el acusado haya llevado a cabo los incumplimientos de forma “reiterada” y “persistente”, de modo que no está en condiciones de afirmar que su negativa a materializar el traslado de las 44 obras depositadas en el Museo Diocesano de Lleida hasta el Monasterio de Sijena sea abierta y que responda a los calificativos de mostrarse “franca, clara, patente, indudable, indisimulada, evidente o inequívoca”, tal y como viene exigiendo jurisprudencia reiteradamente.
Así pues “El tribunal no ha podido alcanzar un convencimiento pleno, con grado de certeza que exigiría un fallo condenatorio, de que el incumplimiento de los requerimientos de actuación que incumbían al acusado Sr. Puig, respondía a una voluntad rebelde y de contumaz oposición al mandato judicial". Por el caso también está acusado su predecesor en el cargo, Santi Vila, que será juzgado en un juzgado de lo penal de Barcelona, ya que a diferencia de Puig, él ya no es aforado.

