SUCESOS

Condenado un jefe de una cooperativa de Almería por agredir sexualmente a una becaria durante más de un año

La Audiencia Provincial le impone ocho años de alejamiento, seis de libertad vigilada y una indemnización de 15.000 euros a la víctima

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Audiencia Provincial de Almería | ONDA CERO ALMERIA

La Audiencia Provincial de Almería ha impuesto cinco años y tres meses de prisión al responsable de un departamento de una cooperativa agrícola por un delito continuado de agresión sexual contra una trabajadora en prácticas. Los hechos se prolongaron durante más de un año, desde que la joven comenzó a trabajar en la empresa en mayo de 2023.

Además de la pena de prisión, la sentencia establece ocho años de alejamiento e incomunicación respecto a la víctima, seis años de libertad vigilada y 12 años de inhabilitación para desempeñar trabajos o actividades que impliquen contacto con menores. El condenado tendrá que abonarle también una indemnización de 15.000 euros. El fallo puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Según considera probado la Sala, el acusado aprovechaba los momentos en los que ambos se encontraban solos para realizar tocamientos de carácter sexual a la joven, algunos de ellos durante desplazamientos en coche a los campos de cultivo. También le hacía comentarios de contenido sexual y llegó a relacionar el trato que recibiría en la empresa con la actitud que mantuviera hacia él. Cuando ella rechazaba sus acercamientos, reaccionaba de manera agresiva.

La situación provocó en la trabajadora una importante presión psicológica. La joven tenía miedo de perder su puesto y sentía vergüenza de explicar lo que estaba ocurriendo. Los hechos terminaron afectando a su estado emocional y, después de más de un año, decidió acudir a la Policía para denunciarlo. Posteriormente tuvo que recibir tratamiento psiquiátrico.

La Audiencia Provincial considera que el relato de la víctima fue creíble, coherente y mantenido durante el procedimiento. Su declaración estuvo además respaldada, según los magistrados, por informes psicológicos y forenses que detectaron síntomas de estrés postraumático e indicadores compatibles con una situación de acoso. El tribunal señala que los episodios se producían principalmente en momentos de intimidad, sin presencia de otros trabajadores.

La sentencia absuelve al acusado de los delitos de acoso sexual y acoso laboral al entender que estas conductas quedan integradas en el delito continuado de agresión sexual por el que sí ha sido condenado. Tampoco considera probado que existiera una intención de perjudicar profesionalmente a la trabajadora. La defensa presentó varios testigos, entre ellos responsables de la cooperativa, aunque la Sala considera que sus declaraciones no desvirtúan las pruebas que sustentan la condena.