"El Tribunal, una vez estudiados los argumentos del recurrente y la documentación recibida de la Federación, ha acordado no conceder la medida cautelar solicitada por el club por no concurrir los requisitos exigibles por la legislación vigente, sin que ello suponga, en ningún caso, un pronunciamiento profundo sobre el fondo del recurso", explicó el TAD en un comunicado.