REAL MADRID

Estos son los requisitos para poder presentarse a la presidencia del Real Madrid

Nerea Pardillo | EFE

Madrid |

El presidente del Real Madrid, Florentino Pérez, durante la rueda de prensa
El presidente del Real Madrid, Florentino Pérez, durante la rueda de prensa | EFE/ Juanjo Martín

El presidente del Real Madrid, Florentino Pérez, ha anunciado que va a convocar elecciones para la presidencia del club. En una rueda de prensa histórica en la que ha cargado duramente contra la prensa por crear "caos" y una "confabulación" contra el equipo, el presidente del equipo blanco ha señalado que lo importante es que el club es "de los socios".

Asimismo, ha retado al resto de candidatos a presentarse, en particular a "uno con acento mexicano", en referencia a Enrique Riquelme, el empresario que ya en las pasadas elecciones tentó la idea de presentarse. La realidad es que para optar a ser presidente del Real Madrid hay que cumplir una serie de requisitos que no son fáciles de ostentar, en concreto, el referente al económico.

187 millones de euros de aval

El primero y más importante son los 187 millones de euros necesarios de aval, que corresponden al 15% del presupuesto general de gastos del club. Esta temporada que está a punto de terminar ha sido de récord, porque se han alcanzado los 1.248 millones de euros de presupuesto, según las cuentas del club.

"Dicen que hay gente que se está moviendo en la sombra para presentarse, pues que se presenten. Invito a todos aquellos que quieran presentarse a que tengan la oportunidad de hacerlo", ha dicho Florentino en la rueda de prensa.

Requisitos para ser candidato

Para ser candidato a presidente los requisitos son:

  • Ser español
  • Mayor de edad y con plena capacidad de obrar
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de los deberes sociales.
  • Ser socio del Club con, al menos, 20 años de antigüedad ininterrumpida -19- para el caso del Presidente, quince años para el caso de los Vicepresidentes y diez años en los demás casos.
  • No estar sujeto a sanción que lo inhabilite para desempeñar cargos directivos.
  • No ostentar cargo directivo en otros Clubes de Fútbol, ni encontrarse en activo como Jugador, Árbitro, Entrenador o Técnico de los mismos en el momento de la proclamación como candidato.
  • Aportar, en su momento, aval bancario en los términos, condiciones y cuantía que establece la Ley 10/1990 y demás disposiciones aplicables y conforme a los requisitos exigidos en los números 3º y 4º del apartado C del presente artículo.

Requisitos para las candidaturas

Tienen que presentarse dentro del plazo señalado y ante la Junta Electoral, por duplicado y deben contener:

  • Un presidente y, el menos, nueve vocales como mínimo
  • Estar suscrita por los Candidatos con firma legitimada y manifestación formal de aceptación de la proposición.
  • Un pre-aval bancario de cualquier entidad de crédito, Banco o Caja de Ahorros registrada en el Registro de Entidades del Banco de España, garantizando, como mínimo, un 15% del presupuesto de gasto del club.

No más tarde del día siguiente al de la presentación de las candidaturas, la Junta Electoral procederá a su examen y su aceptación si reune los candidatos o su rechazo, en caso contrario. Contra las resoluciones que en relación con este apartado dicte la Junta Electoral, podrá interponerse recurso ante el mismo órgano dentro de los dos días naturales siguientes. La Junta Electoral resolverá en plazo no superior a los dos días naturales.