ENTREVISTA AL JUEZ LUIS GARCÍA

¿Puede existir la intimidad en el espacio público y estar protegida por el Código Penal?

Tras archivar el juez por segunda vez la investigación por las grabaciones a mujeres en la romería de A Maruxaina (Lugo) en 2019 al no ver recorrido por la vía penal, el juez Luis García asegura en 'Más de uno' que "sí hay una posible vía para reclamar una sanción penal".

ondacero.es

Madrid | 29.09.2021 09:54

El juez que instruye el caso de las grabaciones a mujeres mientras orinaban en la calle en una romería en A Maruxaina (Lugo) archivó las investigaciones por segunda vez porque no ve recorrido de la causa por la vía penal como un delito de revelación de secretos ya que las grabaciones se realizaron en la vía pública.

Para las denunciantes, según indicó el abogado de las víctimas en 'Más de uno', la vía penal es la única manera de que la Policía y los Cuerpos de Seguridad se pongan a investigar para llegar a descubrir quienes fueron los culpables de la grabación.

El juez del juzgado de instrucción número 4 de Santander, Luis García, tiene un criterio distinto y plantea en 'Más de uno' que "sí hay una posible vía para reclamar una sanción penal para quien realizó la grabación y la utilización de esas grabaciones para subirlas a páginas web de carácter pornográfico".

"Es evidente que hay un atentado a la intimidad"

El juez indica que "teniendo en cuenta el contexto de los hechos, es evidente que hay un atentado a la intimidad, desde mi punto de vista, y que se utilizan artificios técnicos de escucha, que es lo que exige el Código Penal, y cabría la posibilidad de incoar una investigación e intentar averiguar qué es lo que ha ocurrido".

Por otro lado, el juez dice que hay que "esto se ha hecho desde un perfil anónimo y normalmente esto lo que exige es la libranza de un mandamiento a través del grupo tecnológico del Cuerpo Nacional de Policía para identificar la IP desde donde se han subido las imágenes, si no, va a ser muy difícil que esto pueda prosperar por vía civil".

Además, afirma que ya hay sentencias del Constitucional que penan actos de grabación realizados en lugares públicos, pero dependiendo de las circunstancias en las que se han producido estos hechos.

"Puede existir la intimidad en el espacio público"

El juez asegura que puede existir la intimidad en el espacio público y estar protegida por el Código Penal. "Este concepto de intimidad es el que ha venido estableciendo el Constitucional en sus últimas resoluciones", comenta.

"Lo importante ahora es la investigación, para determinar la autoría y saber en qué circunstancias se ha hecho esa grabación, que parece claro que se ha utilizado un aparato de escucha en un lugar donde se sabía que las mujeres en la romería se solían apartar para orinar tranquilas, y eso es bastante difícil discutir que es un acto íntimo", asegura el juez.