El 'decreto Maricarmen' ya está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y, más allá de las medidas concretas, llama la atención el lenguaje utilizado por el Gobierno para acompañar las medidas que se detallan en la exposición de motivos del Real Decreto-ley 26/2026.
El Gobierno califica el desahucio de la mujer de 87 años como un "elemento de inflexión" y lo describe como "triste y dramático".
El BOE es más contundente al explicar las circunstancias que, según el Ejecutivo, llevaron a Maricarmen a abandonar la vivienda del madrileño barrio de Retiro en la que había residido durante siete décadas.
"Mari Carmen Abascal no es solo un número. Es una mujer vulnerable de 87 años, víctima de una legislación machista y retrógrada procedente de una dictadura y de la especulación más voraz", recoge literalmente la exposición de motivos.
El texto sostiene que estas circunstancias le impidieron continuar en la misma casa pese a no disponer de "una alternativa habitacional digna" y convierte su caso en símbolo de lo que considera un problema más amplio.
"Esta mujer es el símbolo de un derecho roto por unas administraciones competentes que no han dado cumplida satisfacción a la regulación vigente para garantizar su derecho a la vivienda", señala el decreto.
El origen del contrato y la ley de 1994
La referencia a una legislación "machista y retrógrada procedente de una dictadura" alude al origen contrato de alquiler de la familia de Maricarmen.
El contrato se remonta a 1956 y estaba inicialmente a nombre de su padre. En 1956, las mujeres casadas no tenían la misma autonomía legal que los hombres para firmar determinados contratos.
Sin embargo, la extinción del contrato de Maricarmen está relacionada también con una legislación posterior a la dictadura: la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, aprobada durante el Gobierno de Felipe González.
Aquella norma estableció un régimen transitorio destinado a poner fin progresivamente a determinados contratos de renta antigua y limitó las posibilidades de subrogación de los descendientes.
Por tanto, la normativa franquista explica por qué el contrato original de 1956 estaba a nombre del padre y no de de su madre, pero no fue esa legislación la que determinó directamente que Maricarmen perdiera finalmente el derecho a permanecer en la vivienda.
"Rentabilidades desmesuradas" en los alquileres de temporada
El BOE asegura que existe "un número importante de viviendas" cuyos contratos se renuevan constantemente con fuertes incrementos de precios y describe esta práctica como un "mecanismo para generar rentabilidades desmesuradas en el arrendamiento".
También sostiene que el traslado de viviendas desde el mercado residencial habitual hacia los alquileres temporales provoca una reducción "drástica" de la oferta disponible para residentes permanentes e incrementa "artificialmente" los precios.
Además de hablar de la "especulación más voraz" al referirse al caso de Maricarmen, el Ejecutivo defiende la necesidad de intervenir sobre determinadas operaciones inmobiliarias y sobre el crecimiento de modalidades de alquiler que, a su juicio, reducen la oferta residencial.

