La nueva Ordenanza municipal

Getafe multará con hasta 750 euros a quien arroje chicles, colillas o papeles al suelo

La nueva Ordenanza municipal de Medioambiente del Ayuntamiento de Getafe establece multas de hasta 750 euros a quien no utilice las papeleras y tire al suelo chicles, colillas, caramelos, cáscaras o papeles, según consta en el borrador que se está tramitando.

Agencias

Madrid | 04.08.2019 10:39

papelera cenicero
papelera cenicero | ocr cuenca

La nueva Ordenanza municipal de Medioambiente del Ayuntamiento de Getafe establece multas de hasta 750 euros a quien no utilice las papeleras y tire al suelo chicles, colillas, caramelos, cáscaras o papeles, según consta en el borrador que se está tramitando.

Además, serán consideradas como infracciones graves, con multas entre 750 y 1.500 euros, abandonar cadáveres de animales o su inhumación en terrenos de dominio público, así como muebles y enseres electrónicos y no electrónicos en la vía pública sin haberlo comunicado al servicio municipal de recogida establecido para estos residuos.

Entre las infracciones muy graves, con sanciones entre 1.500 y 3.000 euros, se encuentran dañar o destruir los recipientes suministrados por el Ayuntamiento o cualquier otro elemento del mobiliario urbano destinado a la recogida de residuos.

Asimismo, se prohíben los actos de propaganda comercial o de ofrecimiento de servicios de cualquier clase que supongan lanzar o entregar en mano papeles, folletos, pasquines o similares, depositarlos en los parabrisas de vehículos estacionados en la vía pública, y pegar carteles en vallas, edificios, farolas y mobiliario urbano, fuera de los espacios publicitarios habilitados para tal fin.

En cuanto a la tenencia de animales domésticos, su número no podrá ser superior a cinco en las viviendas urbanas, siempre que las condiciones de alojamiento en el aspecto higiénico lo permitan y que "no se produzca ninguna situación de molestia o peligro para los vecinos o para el mismo animal".

A estos efectos se tendrán especialmente en cuenta las circunstancias de aquellos animales que presenten "claros antecedentes de agresividad hacia el entorno humano, que podrán ser desalojados por la autoridad municipal tomando como base esta circunstancia".