El polémico proyecto de la ley del bienestar animal que dividió nuevamente al Gobierno de coalición PSOE- Unidas Podemos fue aprobado este jueves en el Congreso de los Diputados. Con 174 votos a favor de PSOE, Unidas Podemos, ERC y Bildu, 167 en contra y 7 abstenciones ha salido adelante la ley, que finalmente excluye a los perros de caza, continuará con su tramitación en el Senado.
La ley se ha centrado, entre otros cambios, en los perros conocidos como "potencialmente peligrosos", aquellos "que puedan manifestar cierta agresividad hacia las personas por una modificación de su conducta a causa del adiestramiento recibido y a las condiciones ambientales y de manejo a que son sometidos por parte de sus propietarios y criadores".
Derogan la ley sobre la tenencia de animales potencialmente peligrosos
El Ejecutivo deroga la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, que aunque en la nueva ley de bienestar animal se incluyen la mayoría de sus preceptos de forma similar, sí queda fuera "la determinación de la peligrosidad basada tan solo en la pertenencia a una raza determinada".
Por su parte, desde que esta ley del bienestar animal impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, todos los perros cuyo peso supere los 10 kilos tendrán que pasar un test que les realizará el veterinario, que analiza la educación básica y el comportamiento social del animal,y que determinará si deberán llevar bozal, correa o alguna otra medida y si se trata de un can peligroso.
¿Cuáles eran los perros considerados como potencialmente peligrosos?
Hasta ahora, los perros considerados como potencialmente peligrosos basándose en su comportamiento y características físicaseran los siguientes:
- Pit bull terrier
- Staffordshire bull terrier
- American staffordshire terrier
- Rottweiler
- Dogo argentino
- Fila brasileiro
- Tosa inu
- Akita inu
- Dóberman
- Bullmastiff
- Dogo de Burdeos
- Mastín napolitano
- Bóxer
- Dogo canario
- Bull terrier
- Dogo del Tíbet
Endurecimiento de las penas por maltrato y abandono
Asimismo, el Ejecutivo ha dispuesto un endurecimiento de las penas por maltrato animal:
- En el caso de causar la muerte del animal: entre 18 y 24 meses de cárcel.
- En el caso de haber más de un agravante: hasta 36 meses de prisión.
- Además, supondría una inhabilitación para convivir o trabajar con animales de entre 5 y 10 años.
Por su parte, para prevenir el abandono animal, también se han endurecido las penas. La multa podría ir desde los 500 euros hasta los 10.000 euros, dependiendo de las circunstancias en las que se haya realizado. Si finalmente se califica de 'grave', las multas podrían ir entre los 10.001 euros y los 50.000 euros y si se considera 'muy grave', entre los 50.001 euros y los 200.000 euros.