El Tribunal Supremo ya ha dado a conocer su sentencia, por unanimidad de la Sala, en el caso Mascarillas. Se condena a Ábalos a 24 años y tres meses de prisión, con límite de cumplimiento de 16 años y medio, a Koldo a 19 años y 8 meses, con límite de cumplimiento de 15. Por otro lado, Víctor de Aldama es sentenciado a cuatro años y medio; no obstante, se le suspende la ejecución de la pena debido a su contribución para el esclarecimiento de los delitos y bajo la condición de no delinquir, presentar un informe semestral sobre las actividades realizadas y llevar a cabo una labor comunitaria durante un año.
El límite del cumplimiento efectivo se deriva de la ley que sitúa ese límite en el triple de la pena más grave.
Tras varias jornadas de deliberación en el Tribunal Supremo, la resolución, que inicialmente se esperaba para la semana pasada, se retrasó por las distintas discrepancias entre los magistrados sobre la pena que debería imponerse al empresario Víctor de Aldama, considerado por la acusación el principal comisionista de la trama. Según diversas informaciones, el tribunal buscaba cerrar una sentencia con el mayor consenso posible antes de hacerla pública.
La causa juzgaba la red de corrupción vinculada a la adjudicación de contratos de mascarillas y material sanitario durante la pandemia. La sentencia sostiene que existió un acuerdo previo entre el entonces ministro de Transportes, José Luis Ábalos, su asesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama para favorecer determinados contratos públicos a cambio de contraprestaciones y comisiones.
Organización criminal, cohechos, malversación y tráfico de influencias

En el banquillo se sentaban tres figuras clave: el exministro José Luis Ábalos, considerado por la acusación el máximo responsable político de la trama; Koldo García, antiguo asesor de Ábalos e intermediario entre empresarios y responsables públicos; y Víctor de Aldama, que ha sido señalado como el conseguidor de los contratos y el beneficiario de las comisiones, aunque durante la instrucción optó por colaborar con la Justicia e implicar a otros participantes.
Coincide la sentencia del Tribunal Supremo con lo que pedía la Fiscalía Anticorrupción, al menos con Ábalos, para quien solicitaba 24 años de prisión. No coincide con lo que pedía para Koldo García, 19 años y medio, ni para Víctor de Aldama, 7 años. Los delitos atribuidos incluyen organización criminal, cohecho, malversación, prevaricación y tráfico de influencias.
En el caso de Koldo, la pena es menor a la solicitada por la Fiscalía Anticorrupción, puesto que "ocupa una posición funcionarial subordinada respecto de José Luis Ábalos, del cual es tan solo un asesor", según revela la sentencia.
El papel de Víctor de Aldama y su colaboración

Respecto a Víctor de Aldama, la sentencia explica que "el Tribunal aprecia la atenuante analógica de colaboración, como muy cualificada, y acuerda la rebaja de la pena en dos grados, respecto del delito de organización criminal y el delito continuado de cohecho, así como la rebaja en un grado respecto del resto de delitos objeto de condena".
"La sentencia desarrolla una relación de hechos que considera probados, exponiendo en su fundamentación la valoración de la prueba y la calificación jurídica", revela la sentencia, otorgando así plena validez probatoria a las declaraciones de Víctor de Aldama, al entender que quedaron corroboradas por el resto de pruebas practicadas durante el juicio.
A la salida del Tribunal Supremo para conocer la sentencia, Víctor de Aldama ha atendido a los medios de comunicación y ha reconocido estar "satisfecho con la sentencia": "La colaboración en este país sirve. Espero que los demás que vengan detrás colaboren".
La sentencia termina justificando que "el no consentimiento por el penado de los trabajos en beneficio de la comunidad puede, por tanto, ser interpretado razonablemente como rechazo a la propia suspensión extraordinaria". "Su no ingreso en prisión por aplicación de fórmulas de atenuación con el fundamento legal expuesto, no disculpa, sin embargo, que, como razón de merecimiento de la suspensión de las penas privativas de libertad, desarrolle prestaciones al servicio de fines públicos que, de manera simbólica, reparen el mal causado a la sociedad española", añade.
Durante el juicio, el Ministerio Público defendió que los contratos investigados no fueron simples irregularidades administrativas, sino el resultado de una actuación concertada para obtener beneficios económicos aprovechando la emergencia sanitaria. Como se puede observar, a pesar de la gravedad del caso, las condenas finales del Supremo son inferiores a las reclamadas por la Fiscalía.
Más allá de las penas concretas, la sentencia tiene, y ha tenido durante meses, una enorme trascendencia política. Se trata de la primera gran causa de corrupción relacionada con el entorno del Gobierno de Pedro Sánchez que llega a juicio y, además, puede influir en otras líneas de investigación abiertas dentro del denominado caso Koldo, especialmente las relacionadas con presuntos amaños en contratos de obra pública y el supuesto pago de comisiones a responsables políticos y empresarios.
Con este fallo, José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama son condenados a penas de prisión, poniendo fin a uno de los procesos judiciales con mayor repercusión política de la democracia reciente.
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