LEY DE AMNISTÍA

El Supremo no aplica la amnistía a Puigdemont: mantiene la malversación y la orden de arresto

El juez asume que la malversación del procès implicó enriquecimiento personal y un beneficio de carácter patrimonial y afectó a los intereses financieros de la Unión Europea.

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Agencias | ondacero.es

Madrid |

Audio: Eva Llamazares/ EFE/David Borrat

Ni Carles Puigdemont ni Junqueras ni el resto de principales líderes del procès podrán disfrutar de la amnistía diseñada para lograr su perdón penal absoluto.

El Juez Llarena ha rechazado perdonar el delito de malversación que atribuye al expresident catalán Carles Puigdemont y a los exconseller Comín y Puig y ha acordado mantener vigentes las órdenes nacionales de detención que pesan contra ellos.

Los magistrados que juzgaron el 'procés' en el Tribunal Supremo han rechazado amnistiar la malversación al exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y al resto de condenados por el referéndum ilegal del 1-O al considerar que sí obtuvieron un beneficio personal y que afectaron a los intereses financieros de la Unión Europea.

Según consta en los dos autos, contra los que caben recurso, dictados este lunes, la Sala de lo Penal también ha dado un plazo de 10 días a las partes para que se pronuncien sobre si ven pertinente plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre la amnistía al delito de desobediencia.

La Sala de lo Penal ha adoptado esta decisión después de estudiar los informes de las acusaciones y de las defensas sobre la aplicabilidad de la ley de amnistía a los distintos hechos que se atribuyen a Junqueras y los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa. Se mantienen las condenas de inhabilitación para ellos.

El juez Llarena, por su parte, se ha pronunciado tras analizar las alegaciones de las acusaciones y de los exconsejeros Toni Comín, Lluís Puig y la secretaria general de ERC, Marta Rovira. Al igual que ha hecho con Puigdemont, ha acordado dejar sin efecto las órdenes nacionales de detención contra los dos exconsejeros.

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La Fiscalía había informado a favor de aplicar la ley a los condenados y procesados del 'procés' al entender que no hubo enriquecimiento patrimonial ni se afectó a los intereses de la Unión Europea. Ni la Sala de lo Penal ni el juez Llarena han coincidido con el criterio del Ministerio Público.

Puigdemont reacciona "La toga nostra"

El expresident fugado ha reaccionado a este auto del juez Llarena con un breve comentario en su cuenta de X en el que ha escrito "La Toga Nostra".

Los acusados obtuvieron un beneficio personal

La Sala de lo Penal ha concluido que los acusados obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial. "La única alternativa al alcance de los Sres. Junqueras, Romeva, Turull y la Sra. Bassa, si querían coadyuvar al proyecto independentista, era disponer de los fondos públicos de la Generalitat o pagar de su bolsillo. Y optaron por la primera de las opciones", han apuntado.

Los magistrados han explicado que el ánimo de lucro siempre "se ha considerado perfectamente compatible con cualquier otra finalidad". Sobre este extremo, han incidido en que "el que se apodera de bienes ajenos (en este caso, patrimonio público) comete un delito aunque el metálico obtenido se destine a regalos a terceros, a limosna o a cualquier otra causa altruista. El castigo en los delitos patrimoniales no se justifica por ‘quedarse con las cosas de otro’, sino por ‘quitarle a otro las cosas’".

Para el Supremo, los condenados "hicieron con el patrimonio ajeno que les estaba confiado lo que no pudieron o no quisieron hacer con su patrimonio". "Destinaron aquél a sus propios objetivos personales, que no por ser políticos, dejan de tener esa vertiente también particular o sectaria. Fondos públicos puestos al servicio de sus fines que eran también particulares, aunque pudiesen estar compartidos por un número mayor o menor de personas", han apuntado.

Un voto particular

Una de las magistradas del tribunal que juzgó el 'procés', Ana Ferrer, ha suscrito un voto particular discrepante con excluir de la amnistía el delito de malversación, al tiempo que ha apoyado plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

"La única interpretación razonable de la ley que ahora aplicamos nos lleva a entender que ese beneficio orientado a procurar el proyecto independentista catalán, es precisamente el que la ley quiere amnistiar", ha dicho Ferrer.