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Por qué País Vasco y Navarra tienen Concierto Económico recogido en la Constitución

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Por qué País Vasco y Euskadi tienen Concierto Económico recogido en la Constitución
Por qué País Vasco y Euskadi tienen Concierto Económico recogido en la Constitución | Europa Press

El Concierto Económico vasco es un sistema singular de financiación reconocido por la Constitución española de 1978 como una “singularidad histórica”. Esta figura permite al País Vasco, a través de sus tres diputaciones forales (Álava, Bizkaia y Gipuzkoa), recaudar todos los impuestos y gestionar su Hacienda con autonomía casi total, algo único en el Estado junto con Navarra.

Este sistema tiene sus raíces en los antiguos fueros, leyes propias que durante siglos rigieron en las provincias vascas. Aunque fueron abolidos tras la Tercera Guerra Carlista en 1876, el Estado alcanzó un acuerdo con estos territorios en 1878 para que siguieran recaudando sus impuestos y transfirieran al Estado una cantidad a cambio, lo que se denomina el cupo.

Amparo legal en la Constitución

La Constitución de 1978, en su Disposición Adicional Primera, “ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales”, lo que incluye el Concierto Económico. El Estatuto de Autonomía del País Vasco (1979) refuerza este marco legal y otorga a los territorios forales amplias competencias fiscales y tributarias.

El sistema se basa en que las diputaciones forales recaudan y gestionan los impuestos estatales (como el IRPF, el IVA o el Impuesto de Sociedades), adaptándolos a través de normas propias. A cambio, el País Vasco abona al Estado una cantidad anual, el cupo, que cubre servicios no transferidos como Defensa, Asuntos Exteriores o las infraestructuras de ámbito estatal.

Este cupo se calcula teniendo en cuenta el coste de esos servicios y el peso económico vasco dentro del Estado (aproximadamente el 6,24% de la riqueza nacional).

Una financiación distinta al resto

Mientras las demás comunidades autónomas reciben financiación a partir de lo recaudado por la Agencia Tributaria estatal y de un sistema común, el País Vasco y Navarra lo hacen en sentido inverso: primero recaudan y luego aportan.

Este modelo, pactado bilateralmente y renovado periódicamente mediante leyes quinquenales, se basa en el principio de riesgo unilateral, por lo que si los ingresos bajan, Euskadi asume las consecuencias sin compensación estatal.

Este sistema garantiza la autonomía financiera y cumple con el principio de solidaridad mediante el que Euskadi aporta al sostenimiento del Estado y a fondos como el de Compensación Interterritorial.