medida cautelar

El juez Peinado da cinco días a Begoña Gómez para acreditar que solo usó el pasaporte para viajar a la graduación de su hija

El juez Peinado señala que si no queda debidamente probado puede "ser constitutivo de un delito de quebrantamiento de medida cautelar".

Javier Matiacci

Madrid |

El vehículo que trasladó a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, a su llegada a los Juzgados de Plaza Castilla, a 24 de junio de 2026
El vehículo que trasladó a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, a su llegada a los Juzgados de Plaza Castilla, a 24 de junio de 2026 | Europa Press

El juez Juan Carlos Peinado ha requerido a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que acredite en un plazo de cinco días que el pasaporte que le fue devuelto de forma excepcional solo fue utilizado para viajar a Londres con motivo de la graduación de su hija, único desplazamiento que tenía autorizado por la Justicia.

En una providencia dictada este lunes, el instructor señala que, una vez recuperado el documento, "no consta ninguna diligencia de salida ni entrada en los días autorizados", por lo que exige a la acusada que justifique el uso que hizo del pasaporte.

Peinado reclama que, a través de su representación procesal, Gómez acredite que el pasaporte "ha sido hecho uso del mismo para el concreto fin para el que se dejó sin efecto la medida cautelar", es decir, el viaje a Reino Unido para asistir a la graduación de su hija.

El magistrado añade que pretende comprobar que "no ha sido llevado a cabo acto alguno que pudiera ser constitutivo de un delito de quebrantamiento de medida cautelar". En caso de que la esposa del presidente no logre justificar el uso del documento o el juez considere que incumplió las restricciones impuestas, podría derivarse una investigación por un presunto delito de quebrantamiento de medidas cautelares.

Un permiso excepcional mientras Peinado estaba de vacaciones

La autorización para viajar fue concedida la pasada semana por el juez sustituto Antonio Viejo, que asumía temporalmente el juzgado durante las vacaciones de Juan Carlos Peinado.

Viejo rechazó que Begoña Gómez pudiera acompañar a Pedro Sánchez a la cumbre de la OTAN celebrada en Ankara (Turquía), pero sí le permitió desplazarse a Londres entre los días 8 y 10 de julio para asistir a la graduación de su hija. Asimismo, ordenó que el pasaporte fuera devuelto al juzgado una vez finalizado el viaje.

El pasaporte le fue retirado tras la apertura de juicio oral

La retirada del pasaporte formó parte de las medidas cautelares acordadas por Peinado en el auto por el que envió a juicio con jurado popular a Begoña Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos.

Además de prohibirle salir de España, el juez le impuso comparecencias quincenales al apreciar un riesgo de fuga. En resoluciones posteriores llegó a sostener que "no sería la primera ocasión" en la que un presidente del Gobierno de un país de la Unión Europea se fugara a un Estado africano en el contexto de una investigación por corrupción.

Ese razonamiento motivó que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ordenara al promotor de la Acción Disciplinaria valorar si el magistrado pudo incurrir en una falta disciplinaria grave.

Ahora, Begoña Gómez dispone de cinco días para acreditar que el pasaporte únicamente fue utilizado para el viaje autorizado a Londres, resolución contra la que cabe recurso en el plazo de tres días.