REFORMA DEL DELITO DE SEDICIÓN

El Gobierno elimina el delito de sedición gracias a ERC: "Hemos quitado el juguete a los jueces fascistas"

El Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma del delito de sedición con los votos del Gobierno y sus socios de investidura.

ondacero.es

Madrid | 25.11.2022 00:27

El Congreso de los Diputados
El Congreso de los Diputados | EFE/Fernando Villar

El Congreso de los Diputados se mostró este jueves favorable a tramitar la proposición de ley de la reforma del Código Penal que modifica, entre otros, el delito de sedición, de tal manera que esta reforma iniciará su trámite por la vía de urgencia en las Cortes, con el objetivo del PSOE y Unidas Podemos de que esté en vigor antes del final de año.

Junto a las dos formaciones del Gobierno impulsoras de esta proposición de ley se posicionaron a favor ERC, PNV, EH Bildu, Más País, entre otros partidos, mientras Partido Popular, Vox y Ciudadanos estuvieron en contra. Al filo de la 1 de la madrugada, tras una maratoniana jornada parlamentaria en la que el Gobierno ha conseguido sacar adelante los Presupuestos Generales de 2023, la cámara baja ha apoyado la toma en consideración de la iniciativa, con 187 votos a favor, 155 en contra y 6 abstenciones que los diputados han ido anunciando uno a uno y a viva voz.

Eso sí, con la advertencia de algunos grupos minoritarios de que presentarán enmiendas al considerar que el nuevo delito de "desórdenes públicos agravados" puede criminalizar las protestas y movilizaciones.

El portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, se ha jactado de haber "quitado el juguete" de la sedición a los que llama "jueces fiscales" y ha pedido a Junts que no se "enfade" tanto y "ayude" para acabar con lo que consideran represión a los líderes del 'procés'.

¿Por qué se hace y a quién beneficia?

Así, el Ejecutivo pretendía reducir las penas por este delito aunque negaba que esta homologación se fuera a producir por exigencia de ERC.Es más, reconocía que el independentismo no pedía una reforma del Código Penal,sino la amnistía, "algo que el Gobierno no iba a aceptar".

La realidad es que esta despenalización repercutirá directamente sobre los condenados por el 1 de octubre de 2017 porque al desaparecer el delito de sedición, este no se puede aplicar a los que queden por juzgar un delito de desórdenes públicos agravados al no encajar con los hechos probados en la sentencia.

Además, cabe la posibilidad de que la causa de la sentencia del procés pueda ser archivada, así como las órdenes de busca y captura, como la de Carles Puigdemont.

En el caso de Carles Puigdemont solo cabría la posibilidad remota de poder ser citado a declarar por desórdenes públicos, quedando en el aire el delito de malversación del que también está acusado, ya que este delito estaba asociado al delito de sedición al utilizar fondos públicos para llevar a cabo los hechos.

Con respecto a la inhabilitación de Oriol Junqueras, la reforma del delito de sedición le beneficiaría porque la inhabilitación también estaba asociada al delito de sedición y este no existirá cuando entre en vigor la reforma

El Procés

El Tribunal Supremo condenó el 14 de octubre de 2019 por sedición a los líderes del procés sometidos a juicio. El exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, fue el que obtuvo una pena mayor, de 13 años. Fue condenado por malversación, al igual que los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

"Desórdenes públicos agravados"

El delito de sedición se sustituirá por otro desórdenes públicos agravados que contempla penas de 3 a 5 años de prisión (frente a los 10 a 15 años que recoge el Código Penal vigente) e inhabilitación de 6 a 8 años (frente a los 10 a 15 años que establece la ley actual), según recoge la proposición de ley orgánica realizada por PSOE y Unidas Podemos.

El texto presentado por Unidas Podemos y PSOE señala que "serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadiendo instalaciones o edificios".

Y añade que "los hechos descritos en el apartado anterior serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por el mismo tiempo cuando se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público".

"En caso de hallarse los autores constituidos en autoridad, la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de seis a ocho años", precisa la propuesta.