Intromisión al honor

Condenan a Echenique y Del Olmo a pagar 80.000 euros por una falsa acusación de violación

Un juzgado de Leganés considera que el portavoz de Unidas Podemos y Juanma del Olmo, mano derecha de Iglesias, son culpables de un delito de intromisión al honor.

ondacero.es

Madrid | 17.11.2020 18:58

Un juzgado de Leganés (Madrid) ha condenado a los miembros de Unidas Podemos Pablo Echenique y Juanma del Olmo por asegurar que Pilar Baeza, candidata del partido en Ávila en 2019, había sido violada. La Justicia ha concluido que ambos incurrieron en una intromisión ilegítima en el honor del presunto agresor, ya que el Supremo no consideró probada la violación.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Leganés ha sentenciado que ambos deben hacer pública dicha sentencia en los mismos canales en los que hicieron sus afirmaciones, es decir, en una rueda de prensa y un tuit, así como a indemnizar con 80.000 euros al hermano del presunto agresor, que es el que puso la demanda.

Por su parte, la condena, contra la que cabe recurso, exonera a Podemos al entender que los dos cargos del partido hicieron las declaraciones a título particular.

Ambos dieron por hecho que Baeza había sido violada hace 35 años

El hermano de Manuel López Rodríguez interpuso una demanda en en mayo de 2019 tras escuchar que el actual portavoz de Unidas Podemos en el Congreso y Del Olmo - a través de Twitter - daban por hecho que Pilar Baeza había sido violada 35 años atrás por un hombre que fue asesinado por la pareja de esta y con ayuda de la joven.

En concreto, el 4 de marzo 2019, Echenique respondió en una rueda de prensa a la pregunta de si respaldaba la candidatura de Baeza a la alcaldía de Ávila tras conocerse que había sido condenada por ese asesinato: "Simplemente, remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada (...)".

Juanma del Olmo, por su parte, secretario de Comunicación de Podemos, escribió en Twitter: "Abrazo a Pilar Baeza de Podemos Ávila. Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada por complicidad y pagó su deuda con la sociedad".

El Tribunal Supremo condenó en 1990 a Pilar Baeza, que finalmente no obtuvo representación municipal el 26 de marzo de 2019, a 30 años de cárcel, de los que cumplió seis en la cárcel, como cómplice del asesinato en 1985 en Madrid de Manuel López Rodríguez.

La familia de López Rodríguez demandó, a través de la letrada Bárbara Royo, a los dos cargos de la formación morada al entender que sus conductas afectaron al honor del fallecido, que no fue

acusado de violación por el Tribunal Supremo, como ahora demuestra la sentencia, según han detallado a Efe fuentes del bufete Royo&Becerro&Peñafort.

Los acusados recurrirán a la sentencia

Fuentes del entorno de los demandados han asegurado que recurrirán ante todas las instancias un fallo que es contrario al criterio de la Fiscalía, que negó la existencia de vulneración de derechos del demandante, y aseguran que se trata de una sentencia "contradictoria" que "solo se puede entender cuando vemos que trata sobre dos personas de Podemos".

La sentencia hace hincapié en el hecho de que la violación pudiera haber existido "no es patente de corso para que pueda afirmase que la violación existió, como hacen los demandados que no

introdujeron en sus manifestaciones el elemento de la probabilidad de que pudiera haber sido violada sino que lo afirmaron rotundamente".

Además, sostiene que las palabras de Echenique supusieron "una afirmación gratuita, no contrastada, recogida solo de la versión ofrecida por la señora Baeza, y, sobre todo, absolutamente innecesaria para la idea que el señor Echenique estaba exponiendo". Contando también con que tuvo una gran repercusión mediática.

En el caso de Juanma del Olmo detalla que la imputación de la violación a Manuel López "es aún más explícita", y sentencia que ninguno de los dos casos se pueden amparar en la libertad de expresión.