El convenio especial es un acuerdo voluntario que pueden suscribir aquellos trabajadores que desean poder generar, mantener o ampliar el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social. Generalmente, se suelen acoger al mismo las personas que han sido dadas de baja o han perdido su empleo y a las que les quedan pocos años por cotizar para tener derecho a una pensión.
Se trata de seguir aportando por parte del trabajador, que suele asumir los costes de las cuotas, para mantener e incluso mejorar su futura pensión de jubilación. La propia Seguridad Social pone como ejemplo a una persona que tiene entre 50 y 55 años y se encuentra en paro, por lo que puede suscribir el convenio especial para continuar cotizando hasta llegar a su tiempo ordinario de jubilación (15 años de cotización mínima, 33 para la jubilación anticipada involuntaria y 35 para la voluntaria).
Todo ese tiempo que cubre el convenio especial cuenta como años trabajados. No obstante, hay que cumplir unos requisitos para suscribir dicho acuerdo. Así, se requiere un periodo mínimo de cotización de 1.080 días en los 12 años anteriores a su baja en el sistema.
En el momento en el que se vuelve a trabajar o la persona se jubila, se suspende el acuerdo del convenio especial. También se extingue el acuerdo si existe un impago de tres meses o con la propia renuncia de la persona.
Cómo afecta el convenio especial a tu pensión en 2026
El convenio especial cubre la jubilación, incapacidad permanente y la muerte/supervivencia por contingencias comunes, y se recomienda solicitarlo en los 90 días siguientes a la baja, aunque se puede realizar de manera posterior.
En 2026, se encuentra en vigor la última reforma de la Seguridad Social, que cambia el periodo de tiempo con el que se calcula la cuantía para la jubilación. Este año, la base reguladora se calcula con el mayor importe que resulte entre dos opciones: las últimas 300 bases de cotización (25 años) y las 302 bases de cotización (25,16 años) de mayor importe entre las últimas 304 bases mensuales (25,33 años).
Si se calcula en base a la última opción, el número de meses para la cifra de la base reguladora irá aumentando entre 2026 y 2037, incrementándose en cuatro meses más por cada año que transcurra.
Cabe recordar que a partir de 2037 será la Seguridad Social la que elegirá de oficia cuál es la base reguladora de mayor importe entre estas dos opciones: la consideración de los últimos 25 años cotizados y la consideración de los mejores 27 años seleccionados entre los 29 años previos a la jubilación.
Casos en los que se mantienen las bases de cotización
El BBVA apunta a tres supuestos en los que existe la posibilidad de mantener las bases de cotización:
- Trabajadores de más de 52 años que reciben el subsidio de desempleo con derecho a cotización por la contingencia de jubilación.
- Casos de pluriempleo al perder uno de los trabajos y para seguir con el total de la suma de cotizaciones de los distintos empleos.
- Trabajadores a tiempo parcial que no reciban prestaciones de empleo para cotizar por el 100%.

